Orden Foral 112/2013, de 5 de marzo, de aprobación definitiva del expediente de deslinde de los términos concejiles del Ayuntamiento de Laguardia

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral
  1. ANTECEDENTES

    Primero.- Por la Diputación Foral de Álava se ha finalizado el tra -bajo de delimitación de los Concejos del Ayuntamiento de Laguardia.

    Segundo.- Por parte del Concejo de Páganos, único existente en el Ayuntamiento, se constituyó la comisión que fija la normativa para la revisión y reconocimiento de la línea concejal.

    Tercero.- La Comisión del Concejo de Páganos recorrió la línea concejil el 16 de febrero de 2009, y concluyó el acto de deslinde de mutuo acuerdo, reflejando este acuerdo en el acta correspondiente.

    Cuarto.- El acta y la documentación correspondiente relativa a este trabajo (reseñas de los mojones, plantas...) fueron entregadas al Concejo de Páganos y al Ayuntamiento de Laguardia el 12 de noviembre de 2012. En el plazo concedido al respecto ni el Ayuntamiento ni el Concejo han manifestado ningún tipo de disconformidad al deslinde efectuado.

    Quinto.- En la actualidad se encuentran colocados todos los mojones de la línea jurisdiccional del Concejo de Páganos.

  2. FUNDAMENTOS

    Primero-. Conforme a la Disposición Transitoria Primera de la Norma Foral 4/2011, reguladora de las Demarcaciones de las entida -des locales del Territorio Histórico de Álava, los expedientes objeto de esta Norma que a la entrada en vigor se encuentren en tramitación se resolverán conforme a la misma.

    Actualmente están amojonadas todas las líneas objeto de este deslinde por lo que únicamente resta la aprobación definitiva del expediente de deslinde de los términos concejiles del Ayuntamiento de Laguardia

    Segundo. Conforme al artículo 41 de la Norma Foral 4/2011, reguladora de las Demarcaciones de las entidades locales del Territorio Histórico de Álava, en las operaciones de deslinde la Diputada Foral competente procederá a la aprobación definitiva de las operaciones de deslinde realizadas, a su publicación en el BOTHA, remitirá comunicación de la resolución adoptada a las administraciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco y del Estado y lo pondrá en conocimiento del Registro de Información Territorial del Territorio Histórico de Álava.

    Tercero.- Conforme al artículo 49.1 de la Norma Foral 4/2011 de las Demarcaciones del Territorio Histórico de Álava y el Decreto Foral 66/2012 del Consejo de Diputados de 8 de noviembre, que aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo es...

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