Orden Foral 146/2012, de 16 de mayo, por la que se convoca el Concurso número 1/2012 para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Foral de Bienestar Social y se aprueban las bases de la convocatoria.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Servicios Sociales
Rango de LeyOrden foral

Existen puestos de trabajo vacantes en el Organismo Autónomo Instituto Foral de Bienestar Social, reservados para su cobertura a personal funcionario/a, dotados presupuestariamente y cuya provisión corresponde llevar a efecto por el procedimiento de concurso, de conformidad con lo dispuesto en la vigente Relación de Puestos de Trabajo aprobada mediante Decreto Foral 24/2012, del Consejo de Diputados de 3 de abril, publicado en el BOTHA número 48 de 27 de abril, y en el artículo 46 de la Ley 6/89 de la Función Pública Vasca.

Se ha cumplido el trámite de negociación previsto en el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Según lo establecido en el artículo 11 del Decreto Foral 25/2012, del Consejo de Diputados de 3 de abril, que aprueba el Reglamento de Estructura y Funcionamiento del Organismo Autónomo Instituto Foral de Bienestar Social,

DISPONGO

Primero. Convocar el concurso número 1/2012 para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Autónomo Instituto Foral de Bienestar Social.

Segundo. Aprobar las bases de la convocatoria, la relación de puestos de trabajo vacantes que forman parte del concurso, y el modelo de solicitud para participar en la misma, que se adjuntan como anexos I, II y III.

Tercero. Contra esta Resolución podrá interponerse, a partir del día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, de acuerdo con lo previsto en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el art. 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Vitoria-Gasteiz, 16 de mayo de 2012.- Diputada de Servicios Sociales, MARTA ALAÑA ALONSO.- Directora de Servicios Sociales, PALOMA ARANCETA ARILLA.

Anexo I

BASES DE LA CONVOCATORIA Nº 1/2012 PARA LA PROVISIÓN, POR EL SISTEMA DE CONCURSO, DE PUESTOS DE TRABAJO DEL

INSTITUTO FORAL DE BIENESTAR SOCIAL

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

Es objeto de la presente Convocatoria la provisión, por el sistema de concurso, de los puestos de trabajo vacantes en el Instituto Foral de Bienestar Social que se relacionan en el Anexo II de la presente convocatoria.

Asimismo, como fase de resultas, se incluirán, cuando se considere adecuado a las necesidades de servicio, los puestos de trabajo del Instituto Foral de Bienestar Social cuyo sistema de provisión sea el concurso, que resulten vacantes como consecuencia del traslado de funcionarios/as a los puestos de trabajo vacantes incluidos en el anexo II.

En la fase de resultas, que será convocada en el plazo máximo de 2 meses desde la última fecha de toma de posesión de la presente convocatoria, únicamente podrán tomar parte aquellas personas funcionarias que no hayan participado en la primera fase o que habiéndolo hecho no hayan obtenido puesto alguno.

SEGUNDA.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS CONCUR-SANTES. 1.- Podrán tomar parte en la presente convocatoria, las personas funcionarias de carrera del Instituto Foral de Bienestar Social que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Encontrarse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias en situación de servicio activo, servicios especiales o cualquier tipo de excedencia voluntaria que conlleve la reserva del puesto de trabajo. Asimismo, podrán concurrir reingresando al servicio activo a través de concurso de provisión de puestos, quienes se encuentren en situación de excedencia forzosa en servicio en otras Administraciones Públicas y las personas suspensas y excedentes voluntarias, siempre que hubieran cumplido el tiempo de permanencia establecido para tales situaciones. b) No haber obtenido destino definitivo, mediante el sistema de Concurso, en los dos años anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

El citado límite temporal no será de aplicación cuando las personas funcionarias de carrera hubieran sido objeto de adscripción provisional a un puesto de trabajo por alteración del contenido del puesto que desempeñaba, por supresión o por renuncia aceptada por el Órgano que efectuó el nombramiento. c) Reunir los requisitos que para cada puesto de trabajo se especifican en el anexo II. 2.- El cumplimiento de los requisitos de las personas concursantes deberá mantenerse hasta la toma de posesión de los puestos adjudicados. 3.- Deberán participar en este concurso las personas funcionarias de carrera que se encuentren en adscripción provisional.

TERCERA.- SOLICITUD DE DESTINO.

Deberá hacerse constar en la instancia los puestos de trabajo a los que se opta por orden de preferencia.

No serán admitidas solicitudes de renuncia fuera del plazo de presentación de instancias, a excepción de las realizadas durante el período habilitado a tal efecto según lo expuesto en la Base SÉPTIMA de la presente convocatoria, salvo que antes de la finalización del plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

CUARTA.- COMISIÓN DE VALORACIÓN.

Los méritos alegados...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR