Orden Foral 428/2008 de 31 de julio que aprueba el procedimiento de concesión de las ayudas a las Entidades Locales de Alava para hacer frente a los daños en bienes de titularidad pública ocasionados por las lluvias torrenciales e inundaciones.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local y Equilibrio Territorial
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 428/2008 de 31 de julio que aprueba el procedimiento de concesión de las ayudas a las Entidades Locales de Álava para hacer frente a los daños en bienes de titularidad pública ocasionados por las lluvias torrenciales e inundaciones.

Las inundaciones registradas en distintos puntos del Territorio Histórico de Alava durante el mes de junio han venido produciendo desperfectos de diversa consideración en los bienes públicos y privados de diversos municipios.

Para encauzar las reclamaciones de los afectados por la situación de emergencia producida, por la Diputación Foral de Alava se habilitó una oficina de atención específica así como un teléfono de atención gratuito en el Registro General de la Plaza de la Provincia, donde se fueron recogiendo diversas declaraciones de particulares y entidades locales afectados.

Por Decreto Foral 67/2008, del Consejo de Diputados del 1 de julio, se dispone la autorización de diversas ayudas para hacer frente a los daños ocasionados por las lluvias torrenciales, durante los meses de abril, mayo y junio e inundaciones en el mes de junio en el Territorio Historico de Álava.

En la citada disposición, entre otros, se aprueba una línea de ayudas para las Entidades Locales de Álava para hacer frente a los daños en bienes de titularidad pública, por un importe máximo de 1.530.000,00 € siendo la delimitación espacial y temporal de los daños susceptibles de recibir cobertura, las establecidas mediante Orden Foral del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial 369/2008.

En el Decreto citado, se autoriza a los Diputados competentes en razon de la materia para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución del mismo.

En consecuencia, es necesario establecer el procedimiento que se ha de seguir para la concesión y tramitación de las ayudas producidas, por lo que en ejercicio de las facultades que me competen,

DISPONGO:

Primero. Aprobar el procedimiento para la concesión de las ayudas a las Entidades Locales del Territorio Histórico de Álava para hacer frente a los daños en bienes de titularidad pública ocasionados por las inundaciones.

Segundo. Las ayudas previstas son compatibles con las que se establezcan por otras Administraciones Públicas y con las indemnizaciones establecidas por el Consorcio de Compensación de Seguros o por la Compañias de Seguros sin que la suma de todas las compesaciones recibida por un mismo beneficiario supere el cien por cien del valor de la...

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