ORDEN FORAL 105/2004, de 20 de febrero, de aprobación definitiva del expediente de Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Amurrio, referido al artículo 242. ANTECEDENTES

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 26 de Marzo de 2004 , * B.O.T.H.A. Num. 36I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas DEPARTAMENTO DE URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE Ref. 1.385ORDEN FORAL 105/2004, de 20 de febrero, de aprobación definitiva del expediente de Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Amurrio, referido al artículo 242. ANTECEDENTES Primero.- Con fecha 15 de abril de 2003, el Ayuntamiento de Amurrio acordó aprobar inicialmente la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Amurrio, referente al artículo 242 de la normativa, así como someter el expediente a información pública por el plazo de un mes, hecho que fue practicado mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava número 58 de 21 de mayo de 2003, y en el periódico El Correo del 15 de mayo del mismo año. Segundo.- Durante el periodo de información pública no se presentaron alegaciones, por lo que el Ayuntamiento de Amurrio, en su sesión de 9 de octubre de 2003, procedió a la aprobación provisional del expediente y a su remisión a la Diputación Foral de Álava, para su aprobación definitiva, donde tuvo entrada el 13 de noviembre de 2003. Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el punto tercero del apartado a) del Anexo al Decreto 35/1985, de 5 de marzo, de transferencia de servicios de las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Álava en materia de Urbanismo, el expediente fue informado por la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, en su sesión 1/2004, de fecha 2 de febrero. Cuarto.- Asimismo, en cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto Foral del Consejo de Diputados número 155/99, de 14 de diciembre, este expediente fue informado por la Comisión de Urbanismo de Álava en su sesión 1/2004, de 9 de febrero. II- FUNDAMENTOS Primero.- El expediente tiene por objeto modificar la distancia de retranqueo de las edificaciones a los linderos; en el suelo no urbanizable de uso rural general, pasando de 15 a 7 metros. Segundo.- Se justifica la iniciativa aludiendo a la coherencia interna de las Normas Subsidiarias de Amurrio, puesto que en el Suelo no Urbanizable de Protección Agrícola, en principio más restrictivo que el suelo no urbanizable de uso rural general la distancia de retranqueo es de 7 metros. Además de solucionar situaciones de fuera de ordenación urbanística de pabellones ya construidos en la zona. En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen, DISPONGO: Primero.- Aprobar definitivamente el expediente de Modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Amurrio, referente al artículo 242 de la normativa. Segundo.- Publicar La presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava junto con la normativa urbanística aprobada. Tercero.- Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los particulares cualquiera de los siguientes recursos, sin perjuicio de cualquier otra medida que se estime procedente: a) Directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la notificación o publicación del acto, ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. b) Potestativamente, y, con carácter previo al recurso citado, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la...

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