Norma Foral 29/2004, de 17 de diciembre, de Medidas Tributarias para el año 2005

SecciónNormas Forales
Rango de LeyNorma foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 24 de Diciembre de 2004 , * B.O.T.H.A. Num. 147JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Ref. 8.190Norma Foral 29/2004, de 17 de diciembre, de Medidas Tributarias para el año 2005 Las Juntas Generales de Álava, en Sesión Plenaria celebrada el día 17 de diciembre de 2004, han aprobado la siguiente Norma Foral: NORMA FORAL 29/2004, DE 17 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS TRIBUTARIAS PARA EL AÑO 2005 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La presente Norma Foral tiene por objeto introducir modificaciones en el sistema tributario del Territorio Histórico de Álava. Estos cambios afectan al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto sobre Sociedades y al Impuesto sobre Bienes Inmuebles. En el caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se procede a incrementar en un 2 por 100 las cuantías tanto de la reducción por tributación conjunta, como de las deducciones familiares y personales, abriéndose un nuevo tramo para la deducción por el quinto descendiente. Además se procede a actualizar la escala del Impuesto en ese mismo importe del 2 por 100, y se mejora la deducción por discapacidad. Finalmente se determinan los coeficientes de actualización aplicables a las transmisiones realizadas durante el año 2005. En el Impuesto sobre el Patrimonio, entre otras modificaciones, se incrementa la cuantía del mínimo exento y se actualizan en un 2 por 100 los tipos de la escala. En un tercer artículo, se determinan los coeficientes de corrección monetaria aplicables en el Impuesto sobre Sociedades con relación a los períodos que se inicien durante el año 2005. Por lo que se refiere al Impuesto sobre Bienes Inmuebles se actualizan en un 2 por 100 los valores catastrales, tanto de naturaleza rústica, como de naturaleza urbana. Se mantienen los importes tanto de las Tasas por expedición de impresos o documentos relacionados con el cumplimiento de obligaciones de índole tributaria, como las de las Tasas por entrega de documentación cartográfica relacionada con los Catastros Inmobiliarios y las de expedición de certificados catastrales. Finalmente, se modifican los artículos 3 y 5 de la Disposición Adicional Séptima -reguladora de la Tasa por expedición de impresos o documentos relacionados con el cumplimiento de obligaciones de índole tributaria- de la Norma Foral 12/2000, de 17 de julio, de ejecución de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Álava para el 2000, actualizándose los tipos de impresos o documentos objeto de la misma. Artículo 1.- Modificación de la Norma Foral 35/1998, de 16 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Con efectos del 1 de enero de 2005, se modifican los siguientes artículos de la Norma Foral 35/1998, de 16 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Uno. Se modifica el artículo 63 que queda redactado en los siguientes términos: "Artículo 63. Reducción por tributación conjunta. En los supuestos en que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 de esta Norma Foral se opte por la tributación conjunta, la base imponible general se reducirá en el importe de 3.672,00 euros anuales por declaración. La reducción señalada en el párrafo anterior será de 3.223,00 euros en el caso de las unidades familiares señaladas en el apartado 2 del artículo 91 de esta Norma Foral". Dos. Se modifica el apartado 1 del artículo 68, quedando redactado en los siguientes términos: "1. La base liquidable general será gravada a los tipos que se indican en la siguiente escala: BASE LIQUIDABLE GENERAL HASTA CUOTA ÍNTEGRA RESTO BASE LIQUIDABLE HASTA TIPO APLICABLE EUROS EUROS EUROS (PORCENTAJE) 3.672,00 0,00 3.060,00 15,00 6.732,00 459,00 7.140,00 23,00 13.872,00 2.101,20 13.668,00 28,00 27.540,00 5.928,24 14.280,00 35,00 41.820,00 10.926,24 19.380,00 42,00 61.200,00 19.065,84 En adelante/Hortik aurrera 48,00" Tres. Se modifica el apartado 1 del artículo 71, quedando redactado en los siguientes términos: "1. Por cada descendiente que conviva con el contribuyente se practicará la siguiente deducción: a) 469,00 euros anuales por el primero. b) 576,00 euros anuales por el segundo. c) 867,00 euros anuales por el tercero. d) 1.122,00 euros anuales por el cuarto. e) 1.530,00 euros anuales por el quinto y por cada uno de los sucesivos descendientes. Por cada descendiente menor de seis años que conviva con el contribuyente, además de la deducción que corresponda conforme al párrafo anterior, se practicará una deducción complementaria de 255,00 euros anuales". Cuatro. Se modifica el apartado 1 del artículo 71 bis, quedando redactado en los siguientes términos: "1.- Por cada persona adoptada en el marco de una adopción internacional, en los términos regulados en la legislación vigente, se aplicará una deducción de 612 euros. Esta deducción se aplicará en el periodo impositivo correspondiente al momento en que se dicte la oportuna resolución judicial constituyendo la adopción". Cinco. Se modifica el apartado 1 del artículo 72 que quedará redactado de la siguiente forma: "1. Los contribuyentes que, por decisión judicial, satisfagan anualidades por alimentos a favor de sus hijos tendrán derecho a la aplicación de una deducción del 15 por 100 de las cantidades abonadas por este concepto, con los siguientes límites: a) 134,00 euros anuales por el primero de los hijos. b) 166,00 euros anuales por el segundo de los hijos. c) 198,00 euros anuales por el tercero de los hijos. d) 256,00 euros anuales por el cuarto de los hijos. e) 348,00 euros anuales por el quinto y por cada uno de los sucesivos hijos". Seis. Se modifica el apartado 1 del artículo 73 que quedará redactado de la siguiente forma: "1. Por cada ascendiente que conviva de forma continua y permanente durante todo el año natural con el contribuyente se podrá aplicar una deducción de 206,00 euros. A los efectos de la aplicación de esta deducción, se asimilarán a la convivencia descrita en el párrafo anterior los supuestos en que el descendiente satisfaga de su propio patrimonio cantidades a residencias, no incluidas en la red foral o asimilada de servicios sociales, donde el ascendiente viva de forma continua y permanente durante todo el año natural". Siete. Se modifica el apartado 1 del artículo 74, quedando redactado en los siguientes términos: "1. Por cada contribuyente que sea persona con discapacidad, se aplicará, además de las deducciones que procedan de acuerdo con lo señalado en los artículos anteriores, la deducción que, en función del grado de minusvalía y de la necesidad de ayuda de tercera persona conforme a lo que reglamentariamente se determine, se señala a continuación: GRADO DE MINUSVALÍA Y DE AYUDA DE TERCERA PERSONA DEDUCCIÓN (EUROS - Igual o superior al 33 por 100 e inferior al 65 por 100 de minusvalía Ezintasuna ehuneko 33koa edo handiagoa eta ehuneko 65etik beherakoa 612,00 - Igual o superior al 65 por 100 de minusvalía Ezintasuna ehuneko 65ekoa edo handiagoa 938,00 - Igual o superior al 75 por 100 de minusvalía y obtener entre 15 y 39 puntos de ayuda de tercera persona Ezintasuna ehuneko 75etik gorakoa eta beste pertsona baten laguntza 15 eta 39 puntu bitartekoa 1.122,00 - Igual o superior al 75 por 100 de minusvalía y obtener 40 o más puntos de ayuda de tercera persona Ezintasuna ehuneko 75etik gorakoa eta beste pertsona baten laguntza 40 puntu edo gehiago 1,488,00 El grado de minusvalía y los puntos a que se refiere el párrafo anterior se medirán conforme a lo establecido en los Anexos I y II del Real Decreto 1.971/1999, de 23 de diciembre. Igual deducción cabrá aplicar por cada descendiente, ascendiente, cónyuge o pareja de hecho, cuando se trate de parejas de hecho constituidas conforme a lo dispuesto en la Ley del Parlamento Vasco 2/2003, de 7 de mayo, o por cada pariente colateral hasta el cuarto grado inclusive, cualquiera que sea su edad, que, dependiendo del contribuyente y no teniendo, aquellos familiares, rentas anuales superiores al doble del salario mínimo interprofesional en el período impositivo de que se trate, sean personas con discapacidad. Esta deducción será compatible con las deducciones que procedan de acuerdo con lo señalado en los artículos anteriores. Asimismo procederá la aplicación de esta deducción cuando la persona afectada por la discapacidad esté vinculada al contribuyente por razones de tutela o acogimiento no remunerado formalizado ante la Entidad Pública con competencias en materia de protección de menores, y se produzca la circunstancia de nivel de renta señalada en el párrafo anterior". Ocho. Se modifica el artículo 74 bis que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 74 bis.- Deducción por edad. Por cada contribuyente de edad superior a 65 años se aplicará una deducción de 204,00 euros. En el caso de que el contribuyente tenga una edad superior a 75 años, la deducción a que se refiere el párrafo anterior será de 408,00 euros." Nueve. La Disposición Adicional Segunda quedará redactada de la siguiente forma: "Segunda. Coeficientes de actualización. A los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 43 de esta Norma Foral, los coeficientes de actualización aplicables a las transmisiones realizadas durante el ejercicio 2005 serán los siguientes: EJERCICIOS COEFICIENTE 1994 y anteriores 1,264 1995 1,343 1996 1,293 1997 1,264 1998 1,236 1999 1,203 2000 1,162 2001 1,119 2002 1,079 2003 1,049 2004 1,020 2005 1,000 No obstante, cuando el elemento patrimonial hubiese sido adquirido el 31 de diciembre de 1994 será de aplicación el coeficiente 1,343." Artículo 2.- Modificación de la Norma Foral 23/1991, de 11 de diciembre, del Impuesto sobre el Patrimonio. Con efectos del 1 de enero de 2005 se modifican los siguientes artículos de la Norma Foral 23/1991, de 11 de diciembre, del Impuesto sobre el Patrimonio: Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 28 que queda redactado en los siguientes términos: "1. En el supuesto de obligación personal, la base imponible se reducirá en concepto de mínimo exento en 191.440 euros". Dos. Se modifica el artículo 30 que queda redactado en los siguientes términos: "Artículo 30. Cuota íntegra. La base liquidable del Impuesto será gravada a los tipos de la siguiente escala: BASE LIQUIDABLE. HASTA e CUOTA ÍNTEGRA e RESTO BASE LIQUIDABLE. HASTA e TIPO APLICABLE (PORCENTAJE) 0,00 0,00 181.290,00 0,20 181.290,00 362,58 181.290,00 0,30 362.580,00 906,45 362.580,00 0,50 725.160,00 2.719,35 725.159,00 0,90 1.450.319,00 9.245,78 1.450.318,00 1,30 2.900.637,00 28.099,92 2.900.635,00 1,70 5.801.272,00 77.410,71 5.801.270,00 2,10 11.602.542,00 199.237,38 En adelante/hortik aurrera 2,50 Tres. Se modifica el artículo 36 que queda redactado en los siguientes términos: "Artículo 36.- Personas obligadas a presentar declaración. Están obligados a presentar declaración: a) Los sujetos pasivos sometidos al Impuesto por obligación personal, cuando su base imponible, determinada de acuerdo con las normas reguladoras del Impuesto, resulte superior a 191.440,00 euros, o cuando no dándose esta circunstancia el valor de sus bienes o derechos, determinado de acuerdo con las normas reguladoras del Impuesto, resulte superior a 663.780,00 euros. b) Los sujetos pasivos sometidos al Impuesto por obligación real, cualquiera que sea el valor de su patrimonio neto." Artículo 3.- Coeficientes de corrección monetaria aplicables en el Impuesto sobre Sociedades. La Disposición Adicional Quinta de la Norma Foral 24/1996, de 5 de julio, del Impuesto sobre Sociedades queda redactada de la siguiente forma: "Con relación a los períodos impositivos que se inicien durante el año 2005, los coeficientes previstos en el apartado 11 del artículo 15 de esta Norma Foral serán los siguientes: Coeficientes Con anterioridad a 1 de enero de 1984 2,087 En el año 1984 1,896 En el año 1985 1,749 En el año 1986 1,647 En el año 1987 1,569 En el año 1988 1,499 En el año 1989 1,427 En el año 1990 1,371 En el año 1991 1,326 En el año 1992 1,286 En el año 1993 1,275 En el año 1994 1,250 En el año 1995 1,193 En el año 1996 1,159 En el año 1997 1,139 En el año 1998 1,121 En el año 1999 1,100 En el año 2000 1,083 En el año 2001 1,071 En el año 2002 1,057 En el año 2003 1,034 En el año 2004 1,020 En el año 2005 1,000 Los coeficientes se aplicarán de la siguiente manera: a) Sobre el precio de adquisición o coste de producción, atendiendo al año de adquisición o producción del elemento patrimonial. El coeficiente aplicable a las mejoras será el correspondiente al año en que se hubieran realizado. b) Sobre las amortizaciones contabilizadas, atendiendo al año en que se realizaron". Artículo 4.- Impuesto sobre Bienes Inmuebles: actualización de los valores catastrales. Uno. Con efectos de 1 de enero del año 2005, se actualizarán todos los valores catastrales del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, tanto de naturaleza rústica como de naturaleza urbana, mediante la aplicación del coeficiente del 1,02. Este coeficiente se aplicará en los siguientes términos: a) Cuando se trate de bienes inmuebles valorados conforme a los datos obrantes en el Catastro, se aplicará sobre el valor asignado a dichos bienes para el año 2004. A este respecto el citado coeficiente se aplicará sobre el valor del suelo o del terreno y sobre el valor de las construcciones. b) Cuando se trate de inmuebles que hubieran sufrido alteraciones de orden físico o jurídico conforme a los datos obrantes en el Catastro, sin que dichas variaciones hubieran tenido efectividad, el mencionado coeficiente se aplicará sobre el valor asignado a tales inmuebles, en virtud de las nuevas circunstancias, con aplicación de los módulos que hubieran servido de base para la fijación de los valores catastrales del resto de los bienes inmuebles del municipio. A estos supuestos también se aplicará lo establecido en el párrafo segundo de la letra anterior de este artículo. c) Quedan excluidos de la aplicación de este coeficiente de actualización los bienes inmuebles urbanos cuyos valores catastrales se obtengan de la aplicación de las Ponencias de Valores aprobadas durante el año 2004. Dos. A efectos de aplicar lo dispuesto en el apartado Uno anterior, se tendrá en cuenta, en la medida y supuestos procedentes, lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la Norma Foral 42/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 5.- Actualización de las tasas. Para el año 2005 las siguientes tasas mantendrán los importes fijados para el año 2004: - Tasas por expedición de impresos o documentos relacionados con el cumplimiento de obligaciones de índole tributaria. - Tasa por entrega de documentación cartográfica relacionada con los Catastros Inmobiliarios. - Tasa por expedición de certificado catastral. Artículo 6.- Tasas por expedición de impresos o documentos relacionados con el cumplimiento de obligaciones de índole tributaria. Con efectos de 1 de enero de 2005 se modifican los siguientes artículos de la Disposición Adicional Séptima -reguladora de la Tasa por expedición de impresos o documentos relacionados con el cumplimiento de obligaciones de índole tributaria- de la Norma Foral 12/2000, de 17 de julio, de ejecución de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Álava para el 2000: Uno. El artículo 3 quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 3.- Impresos o documentos objeto de la Tasa. IMPUESTO DENOMINACIÓN MODELO Impuesto sobre el Valor Añadido Declaración trimestral - Régimen General. Impuesto sobre el Valor Añadido Régimen Especial de Recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales. Solicitud de devolución Impuesto sobre el Valor Añadido Declaración trimestral - Régimen Simplificado. Impuesto sobre el Valor Añadido Declaración mensual. Grandes Empresas. Impuesto sobre el Valor Añadido Declaración mensual. Exportadores y otros Operadores Económicos. Impuesto sobre el Valor Añadido Declaración-liquidación no periódica. Operaciones intracomunitarias. Impuesto sobre el Valor Añadido Declaración-liquidación anual. Régimen General. Impuesto sobre el Valor Añadido Declaración-liquidación anual. Régimen Simplificado Impuesto sobre Sociedades Declaración-liquidación. Impuesto sobre Sociedades Declaración-liquidación. Grupos consolidados. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Autoliquidación. Exclusivamente letras de cambio y anotaciones preventivas de embargo. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Autoliquidación. Exclusivamente transferencias de vehículos usados. Actos Jurídicos Documentados Pago a metálico del impuesto que grava los recibos negociados por entidades de crédito. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Bienes Inmuebles. Urbanos. Anexo/Eranskina Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Bienes Inmuebles. Urbanos. (Vivienda unifamiliar, Edificios carácter especial y Naves comerciales e industriales). Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Bienes Inmuebles. Fincas Rústicas. Anexo/Eranskina Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Bienes Inmuebles. Locales. Anexo/Eranskina Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Sociedades. Restantes. Anexo/Eranskina Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Préstamos. Anexo/Eranskina Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Relación sujetos pasivos-Relación Transmitentes. Anexo (sin número) Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Declaración simplificada. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Declaración ordinaria. Impuesto sobre el Patrimonio Declaración del Impuesto sobre Patrimonio. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo, de actividades profesionales y premios. Declaración-liquidación trimestral. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo, de actividades profesionales y premios. Grandes empresas. Declaración-liquidación mensual. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos de capital inmobiliario. Declaración-liquidación trimestral. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Retenciones e ingresos a cuenta/pago a cuenta. Rentas o ganancias patrimoniales obtenidas. Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes como consecuencia de las transmisiones de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas derivados. Impuesto sobre la Renta de no Residentes de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidos Impuesto sobre la Renta de no Residentes por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos de capital mobiliario procedentes de Impuesto sobre la Renta de no Residentes operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Pago fraccionado Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Inicio de actividad. Tasas fiscales Tasa fiscal sobre el juego. Juegos mediante boletos Tasa fiscal sobre el juego Declaración-liquidación. Salas de Bingo. Tasa fiscal sobre el juego Máquinas o aparatos automáticos. Impuesto sobre las Primas de Seguro Declaración mensual. Impuesto sobre las Primas de Seguro. Impuestos Especiales Declaración-liquidación. Impuesto sobre la Electricidad. Impuestos Especiales Declaración-liquidación. Impuesto sobre la cerveza. Impuestos Especiales Declaración-liquidación. Impuesto sobre productos intermedios. Impuestos Especiales Declaración-liquidación. Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas. Impuestos Especiales Declaración-liquidación. Impuesto sobre hidrocarburos. Impuesto de Matriculación Impuesto Especial sobre determinados Medios de Transporte. Impuestos Especiales Declaración-liquidación. Impuesto sobre las labores del tabaco. Impuestos Especiales Declaración-liquidación. Impuesto sobre Ventas minoristas de determinados hidrocarburos Impuesto sobre la Renta de no Residentes Declaración-liquidación retenciones e ingresos a cuenta rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente Impuesto sobre la Renta de no Residentes Declaración-liquidación ordinaria. Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Impuesto sobre la Renta de no Residentes Declaración-liquidación colectiva. No residentes sin establecimiento permanente. Impuesto sobre la Renta de no Residentes Declaración de rentas derivadas de transmisiones de bienes inmuebles. Impuesto sobre la Renta de no Residentes Retención en la adquisición de inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente. Impuesto sobre la Renta de no Residentes Gravamen Especial sobre Bienes Inmuebles de Entidades no Residentes Impuesto sobre la Renta de no Residentes Declaración simplificada de no residentes. Impuesto sobre Sociedades C. D. Programa de ayuda Modelo 200-A Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas C. D. Programa de ayuda Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Impuesto sobre el Patrimonio C. D. Programa de ayuda Patrimonio DENOMINACIÓN MODELO Opciones, Renuncias y exclusiones. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de Reintegro de compensaciones en el Régimen especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca. Entidades de Previsión Social Voluntaria. Planes, Fondos de Pensiones, Sistemas alternativos, Mutualidades de Previsión Social y Planes de Previsión asegurados. Declaración anual. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Subvenciones e indemnizaciones satisfechas o abonadas por entidades públicas o privadas a agricultores o ganaderos. Resumen anual. Declaración anual de operaciones con terceras personas. Declaración trimestral recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración resumen anual. Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades. Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Declaración anual informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas. Declaración anual informativa de donaciones que den derecho a deducción por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Declaración informativa de determinados premios exentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración anual informativa Entidades en régimen de atribución de rentas. Retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva. Retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez. Resumen anual. Retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Rendimientos del Trabajo. Resumen anual. Declaración anual de personas autorizadas en Cuentas Bancarias. Declaración anual de operaciones con Letras del Tesoro. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario. Resumen anual. Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos. Declaración de cuentas u operaciones cuyos titulares no hayan facilitado el Número de Identificación Fiscal a las Entidades de Crédito. Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos de capital mobiliario y rentas obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros y declaración informativa anual de determinadas cuentas en entidades de crédito. Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios. Declaración anual de identificación de las operaciones de las Entidades de Crédito. Artículo 18 del Decreto Foral 88/1998. Declaración informativa de rendimientos de cuentas de no residentes obtenidos por contribuyentes, sin mediación de establecimiento permanente del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Impuesto sobre la Renta de No Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta. Declaración resumen anual del Impuesto sobre las Primas de Seguro. Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de autorización de recepción de productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación del resto de la Unión Europea. Impuestos Especiales de Fabricación. Autorización de recepción de productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación del resto de la Unión Europea. Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de devolución por introducción en depósito fiscal. Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de devolución por el sistema de envíos garantizados. Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de devolución por el sistema de ventas a distancia. Parte de incidencias. Impuestos Especiales de Fabricación. Declaración de operaciones de recepción del resto de la Comunidad Económica Europea. Relación mensual de notas de entrega de productos con el impuesto devengado a tipo reducido, expedidos por el procedimiento de ventas en ruta. Petición de marcas fiscales a la Oficina Gestora de Impuestos Especiales. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Declaración de Trabajo. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Parte de Incidencias en Operaciones de Trabajo. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Parte de Resultado en Operaciones de Trabajo. Solicitud de devolución de los Impuestos Especiales sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas. Relación semanal de documentos de acompañamiento expedidos, incluidos los simplificados. Relación semanal de documentos de acompañamiento recibidos en tráfico intracomunitario, incluidos los simplificados. Impuesto sobre el vino y bebidas fermentadas. Resumen trimestral de movimientos en fábricas y depósitos fiscales. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de alcohol. Declaración de operaciones para el Impuesto sobre productos intermedios en fábricas y depósitos fiscales de productos intermedios. Declaración de operaciones para el Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas en fábricas de productos intermedios. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de bebidas derivadas. Impuesto sobre la cerveza. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de cerveza. Impuesto sobre hidrocarburos. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de hidrocarburos. Solicitud de devolución de Impuesto de Hidrocarburos. Impuesto sobre las labores del tabaco. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de labores de tabaco. Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de devolución por exportación o expedición. Declaración informativa de las cuentas vivienda. Dos. El apartado 1 del artículo 5 quedará redactado de la siguiente forma: "1.- La cuantía de la Tasa vendrá determianda por una cantidad fija, establecida para cada impreso o documento, de acuerdo con la siguiente tarifa: IMPUESTO DENOMINACIÓN MODELO PRECIO e Impuesto sobre el Valor Añadido Declaración trimestral - Régimen General. Impuesto sobre el Valor Añadido Régimen Especial de Recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales. Solicitud de devolución. Impuesto sobre el Valor Añadido Declaración trimestral - Régimen Simplificado. Impuesto sobre el Valor Añadido Declaración mensual. Grandes Empresas. Impuesto sobre el Valor Añadido Declaración mensual. Exportadores y otros Operadores Económicos. Impuesto sobre el Valor Añadido Declaración-liquidación no periódica. Operaciones intracomunitarias. Impuesto sobre el Valor Añadido Declaración-liquidación anual. Régimen General. Impuesto sobre el Valor Añadido Declaración-liquidación anual. Régimen Simplificado. Impuesto sobre Sociedades Declaración-liquidación. Impuesto sobre Sociedades Declaración-liquidación. Grupos consolidados. Imp. sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Autoliquidación. Exclusivamente letras de cambio y anotaciones preventivas de embargo. Imp. sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Autoliquidación. Exclusivamente transferencias de vehículos usados. Actos Jurídicos Documentados Pago a metálico del impuesto que grava los recibos negociados por entidades de crédito. Imp. sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Bienes Inmuebles. Urbanos. Anexo/ Imp. sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Bienes Inmuebles. Urbanos. (Vivienda unifamiliar, Edificios carácter especial y Naves comerciales e industriales). Imp. sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Bienes Inmuebles. Fincas Rústicas. Anexo/ Imp. sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Bienes Inmuebles. Locales. Anexo/ Imp. sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Sociedades. Restantes. Anexo/ Imp. sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Préstamos. Anexo/ Imp. sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Relación sujetos pasivos-Relación Transmitentes. Anexo/ Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Declaración simplificada. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Declaración ordinaria. Impuesto sobre el Patrimonio Declaración del Impuesto sobre Patrimonio. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo, de actividades profesionales y premios. Declaración-liquidación trimestral. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo, de actividades profesionales y premios. Grandes empresas. Declaración-liquidación mensual. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos de capital inmobiliario. Declaración-liquidación trimestral. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Retenciones e ingresos a cuenta/pago a cuenta. Rentas o ganancias patrimoniales obtenidas Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes como consecuencia de las transmisiones de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas derivados Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidos Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos de capital mobiliario procedentes de Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Pago fraccionado Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Inicio de actividad. Tasas fiscales Tasa fiscal sobre el juego. Juegos mediante boletos. Tasa fiscal sobre el juego Declaración-liquidación. Salas de Bingo. Tasa fiscal sobre el juego Máquinas o aparatos automáticos. Impuesto sobre las Primas de Seguro Declaración mensual. Impuesto sobre las Primas de Seguro. Impuestos Especiales Declaración-liquidación. Impuesto sobre la Electricidad. Impuestos Especiales Declaración-liquidación. Impuesto sobre la cerveza. Impuestos Especiales Declaración-liquidación. Impuesto sobre productos intermedios. Impuestos Especiales Declaración-liquidación. Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas. Impuestos Especiales Declaración-liquidación. Impuesto sobre hidrocarburos. Impuesto de Matriculación Impuesto Especial sobre determinados Medios de Transporte. Impuestos Especiales Declaración-liquidación. Impuesto sobre las labores del tabaco. Impuestos Especiales Declaración-liquidación. Impuesto sobre Ventas minoristas de determinados Hidrocarburos. Impuesto sobre la Renta de no Residentes Declaración-liquidación retenciones e ingresos a cuenta rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Impuesto sobre la Renta de no Residentes Declaración-liquidación ordinaria Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Impuesto sobre la Renta de no Residentes Declaración-liquidación colectiva. No residentes sin establecimiento permanente. Impuesto sobre la Renta de no Residentes Declaración de rentas derivadas de transmisiones de bienes inmuebles. Impuesto sobre la Renta de no Residentes Retención en la adquisición de inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente. Impuesto sobre la Renta de no Residentes Gravamen Especial sobre Bienes Inmuebles de Entidades no Residentes. Impuesto sobre la Renta de no Residentes Declaración simplificada de no residentes. Impuesto sobre Sociedades C. D. Programa de ayuda Modelo 200-A. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas C. D. Programa de ayuda Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Impuesto sobre el Patrimonio C. D. Programa de ayuda Patrimonio. C. D. Programa de ayuda diversos Impuestos. DENOMINACIÓN MODELO PRECIO e Opciones, Renuncias y exclusiones. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas E Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de Reintegro de compensaciones en el Régimen especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca. Entidades de Previsión Social Voluntaria. Planes, Fondos de Pensiones, Sistemas alternativos, Mutualidades de Previsión Social y Planes de Previsión asegurados. Declaración anual. 0,06 ?/hoja Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Subvenciones e indemnizaciones satisfechas o abonadas por entidades públicas o privadas a agricultores o ganaderos. Resumen anual. 0,06 ?/hoja Declaración anual de operaciones con terceras personas. 0,06 ?/hoja Declaración trimestral recapitulativa de operaciones intracomunitarias. 0,06 ?/hoja Declaración resumen anual. Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades. Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. 0,06 ?/hoja Declaración anual informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas. 0,06 ?/hoja Declaración anual informativa de donaciones que den derecho a deducción por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 0,06 ?/hoja Declaración informativa de determinados premios exentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 0,06 ?/hoja Declaración anual informativa de Entidades en régimen de atribución de rentas. 0,06 ?/hoja Retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva. 0,06 ?/hoja Retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez. Resumen anual. 0,06 ?/hoja Retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Rendimientos del Trabajo. Resumen anual. 0,06 ?/hoja Declaración anual de personas autorizadas en Cuentas Bancarias. 0,06 ?/hoja Declaración anual de operaciones con Letras del Tesoro. 0,06 ?/hoja Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario. Resumen anual. 0,06 ?/hoja Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos. 0,06 ?/hoja Declaración de cuentas u operaciones cuyos titulares no hayan facilitado el Número de Identificación Fiscal a las Entidades de Crédito. 0,06 ?/hoja Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos de capital mobiliario y rentas obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros y declaración informativa anual de determinadas cuentas en entidades de crédito. 0,06 ?/hoja Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios. 0,06 ?/hoja Declaración anual de identificación de las operaciones de las Entidades de Crédito. Artículo 18 del Decreto Foral 88/1998. 0,06 ?/hoja Declaración informativa de rendimientos de cuentas de no residentes obtenidos por contribuyentes, sin mediación de establecimiento 0,06 ?/hoja permanente del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Impuesto sobre la Renta de No Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta. 0,06 ?/hoja Declaración resumen anual del Impuesto sobre las Primas de Seguros. Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de autorización de recepción de productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación del resto de la Unión Europea. Impuestos Especiales de Fabricación. Autorización de recepción de productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación del resto de la Unión Europea. Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de devolución por introducción en depósito fiscal. Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de devolución por el sistema de envíos garantizados. Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de devolución por el sistema de ventas a distancia. Parte de incidencias. Impuestos Especiales de Fabricación. Declaración de operaciones de recepción del resto de la Comunidad Económica Europea. Relación mensual de notas de entrega de productos con el impuesto devengado a tipo reducido, expedidos por el procedimiento de ventas en ruta. Petición de marcas fiscales a la Oficina Gestora de Impuestos Especiales. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Declaración de Trabajo. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Parte de Incidencias en Operaciones de Trabajo. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Parte de Resultado en Operaciones de Trabajo. Solicitud de devolución de los Impuestos Especiales sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas. Relación semanal de documentos de acompañamiento expedidos, incluidos los simplificados. Relación semanal de documentos de acompañamiento recibidos en tráfico intracomunitario, incluidos los simplificados. Impuesto sobre el vino y bebidas fermentadas. Resumen trimestral de movimientos en fábricas y depósitos fiscales. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de alcohol. Declaración de operaciones para el Impuesto sobre productos intermedios en fábricas y depósitos fiscales de productos intermedios. Declaración de operaciones para el Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas en fábricas de productos intermedios. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de bebidas derivadas. Impuesto sobre la cerveza. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de cerveza. Impuesto sobre hidrocarburos. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de hidrocarburos. Solicitud de devolución de Impuesto de Hidrocarburos. Impuesto sobre las labores del tabaco. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de labores de tabaco. Impuestos Especiales de Fabricación. Solicitud de devolución por exportación o expedición. Declaración informativa de las cuentas vivienda. 0,06 ?/hoja DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Norma Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava, produciendo sus efectos en la fecha señalada en su articulado. Segunda.- Se autoriza a la Diputación Foral de Álava para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de esta Norma Foral. Vitoria-Gasteiz, 17 de diciembre de 2004.- La Presidenta, MARIA TERESA RODRÍGUEZ BARAHONA.

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