Norma Foral 34/2013, de 27 de noviembre, de aportación extraordinaria a las entidades locales.

SecciónNormas Forales
EmisorJuntas Generales de álava
Rango de LeyNorma foral

Las Juntas Generales de Álava en su sesión plenaria celebrada el día 27 de noviembre de 2013, han aprobado la siguiente Norma Foral:

Norma Foral 34/2013, de 27 de noviembre, de aportación extra-ordinaria a las entidades locales.

PREÁMBULO

La Norma Foral del Fondo de Financiación de las Entidades Locales de Álava establece que se destinará a estas el 56 por ciento de los recursos disponibles del Territorio Histórico de Álava. De dicho importe el 52,3 por ciento corresponde al Fondo Foral de Financiación y el 3,7 por ciento restante a Plan Foral de Obras y Servicios.

El Consejo de Diputados aprobó en fecha 30 de diciembre de 2011 dos acuerdos, el 793/2011 y el 794/2011, mediante los que se revocaban subvenciones de Plan Foral por importe de 12.014.791,24.

Dicha cantidad forma parte de la financiación municipal, concretamente del 3,7 por ciento de Plan Foral que corresponde a todas las entidades locales, excepto el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Por lo tanto, una vez revocadas las subvenciones dicha cantidad debía haber vuelto a destinarse a financiación municipal. Sin embargo, el Gobierno Foral derivó los 12.014.791,24 euros a la cuenta general de la Diputación y no se ha reintegrado a la financiación municipal.

Por lo tanto, debe procederse al reintegro de dicha cantidad a las entidades locales alavesas a las que correspondía (todas menos el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz). Dicho reintegro se hará en forma de una aportación extraordinaria fraccionada en cuatro años, con la finalidad de tratar de conseguir causar el menor desequilibrio económico a la Diputación Foral.

Respecto al cálculo de la cantidad que corresponde percibir a cada entidad local, y a efectos exclusivamente de disponer de un mecanismo de distribución, se tendrán en cuenta los criterios establecidos en la Norma Foral de Financiación de las Entidades Locales Alavesas, si bien las cantidades a repartir no forman parte del Fondo de Financiación de Entidades Locales.

ARTÍCULO 1

Durante los años 2014, 2015, 2016 y 2017 las entidades locales alavesas, con la excepción del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, recibirán de la Diputación Foral de Álava una aportación extraordinaria de 3.003.697,81 euros anuales.

ARTÍCULO 2

La distribución de dicha cantidad entre las entidades locales se realizará en el siguiente modo: 1. Se realizará la suma de las cantidades del Fondo de Financiación de Entidades Locales que corresponde a la totalidad de las entidades locales afectadas por la presente norma una vez realizada la liquidación correspondiente al año 2013. 2. Sobre dicha cantidad total se calculará el porcentaje que ha correspondido percibir a cada entidad local. 3. Cada una de las entidades locales deberá percibir durante cada uno de los años 2014, 2015, 2016 y 2017 el porcentaje resultante de la aplicación del punto anterior sobre un total de 3.003.697,81 euros anuales. 4. Dicha cantidad se entregará a las entidades locales por la Diputación Foral de Álava en cuatro plazos del mismo importe cada uno, en los meses de febrero, mayo, julio y octubre.

ARTÍCULO 3

A las cantidades que perciban las entidades locales alavesas como consecuencia de la aplicación de la presente norma foral se les aplicará el mismo tratamiento que a las cantidades a las que hace referencia la Disposición Transitoria Primera de la Norma Foral 20/2013, de 17 de Junio.

Vitoria - Gasteiz, 27 de noviembre de 2013.- El presidente, JUAN ANTONIO ZÁRATE PÉREZ DE ARRILUCEA.

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