Norma Foral 13/2008, de 30 de junio, de segunda modificación de la Norma Foral 14/1993, de 5 de mayo, sobre la Bandera, el Escudo del Territorio Histórico de Álava y el Logotipo Comunicacional de la Diputación Foral.

SecciónNormas Forales
EmisorJuntas Generales de álava
Rango de LeyNorma foral

Las Juntas Generales de Álava en su Sesión Plenaria celebrada el día 30 de junio de 2008, han aprobado la siguiente Norma Foral:

Norma Foral 13/2008, de 30 de junio, de segunda modificación de la Norma Foral 14/1993, de 5 de mayo, sobre la Bandera, el Escudo del Territorio Histórico de Álava y el Logotipo Comunicacional de la Diputación Foral.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las Juntas Generales, inicialmente mediante Norma Foral de 20 de diciembre de 1984, aprobaron el diseño y las condiciones de uso de la bandera y el escudo del Territorio Histórico de Álava con el objeto de fijar características y unificar su representación gráfica.

Posteriormente, la Norma Foral 14/1993, de 5 de mayo, sobre la bandera, el escudo del Territorio Histórico de Álava y el logotipo comunicacional de la Diputación Foral de Álava, procedió a establecer con mayor precisión las características de diseño y utilización de los signos de identidad del Territorio, a reservarlos para usos representativos y protocolarios, y a crear un logotipo comunicacional -estableciendo al mismo tiempo sus principales características- para adaptar la imagen corporativa de los órganos y unidades directivas y administrativas de todo el sector público foral a formulas mas simples y sencillas para facilitar su percepción e identificación visual.

El Consejo de Diputados, mediante Decreto Foral 133/93 de 18 de mayo y en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 8 de la mentada Norma Foral, aprobó el diseño del escudo comunicacional, símbolo de la actividad administrativa de la Diputación Foral de Álava, cuyo uso y aplicación en el campo del diseño se dispuso en las normas contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Diputación Foral de Álava, aprobado por el Decreto Foral 173/93 de 23 de noviembre y modificado por los Decretos Forales 30/1996 de 12 de marzo y 105/98 de 9 de diciembre.

Al ser la imagen corporativa un instrumento vivo y dinámico, el contenido mínimo de su diseño, establecido en la Norma Foral 14/1993, de 5 de mayo, y desarrollado por la Diputación Foral en las disposiciones mencionadas, ha llegado a ser un límite rígido y riguroso a su capacidad de adaptación a las circunstancias de cada momento. La experiencia de los años transcurridos desde su implantación aconseja la modificación de la Norma para suprimir esta limitación y permitir al Gobierno Foral que diseñe libremente y bajo su responsabilidad la imagen de la Administración que dirige. De esta manera se podrán evitar algunas de las acciones de comunicación realizadas en tiempos pasados que han utilizado marcas o signos de identidad propios, prescindiendo del logotipo oficial, porque las estrategias de comunicación los consideraban más eficaces para la consecución de los objetivos de las campañas. Además es oportuno atender las sugerencias recibidas desde los distintos Departamentos, Organismos y Sociedades Públicas de la Administración Foral en el sentido de modernizar y adaptar la imagen corporativa y es necesario intentar de nuevo una mayor homogeneidad de la identificación corporativa de la Diputación.

En consecuencia, la presente Norma Foral reconoce a la Diputación Foral, dentro de su capacidad de autoorganización, la competencia para determinar, sin limitación de ningún tipo, el logotipo comunicacional y la imagen corporativa de la Administración Foral y de las organizaciones del sector público foral.

ARTÍCULO ÚNICO

Se modifica el artículo 8 de la Norma Foral 14/1993, de 5 de mayo, sobre la bandera, el escudo del Territorio Histórico de Álava y el logotipo comunicacional de la Diputación Foral de Álava que quedará redactado como sigue:

"El Consejo de Diputados, previa consulta a la Comisión competente de las Juntas Generales, podrá aprobar, mediante Decreto Foral, dentro del Manual de identidad corporativa, un logotipo comunicacional para su utilización por las Direcciones, Servicios, Secciones

y Negociados de los distintos Departamentos de la Diputación Foral de Álava y por sus Organismos y Sociedades Públicas.

El Manual de identidad corporativa establecerá el diseño, las características y condiciones de utilización del logotipo comunicacional".

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Se suprime el párrafo sexto de la Exposición de Motivos de la Norma Foral 14/1993, de 5 de mayo, sobre la Bandera, el Escudo del Territorio Histórico de Álava y el Logotipo Comunicacional de la Diputación Foral.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

En tanto no se apruebe el nuevo Manual de identidad corporativa a que se refiere el artículo único de esta Norma Foral y, en su caso, durante el periodo que se establezca en el Decreto Foral de aprobación, se seguirá utilizando el logotipo comunicacional aprobado por Decreto Foral 133/93, de 18 de mayo.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Norma Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava.

Vitoria-Gasteiz, 30 de junio de 2008.- El Presidente, JUAN ANTONIO ZÁRATE PÉREZ DE ARRILUCEA.

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