DECRETO FORAL 154/1999, del Consejo de Diputados de 14 de diciembre, que aprueba definitivamente la 'Modificación del Suelo Urbano y Apto para Urbanizar de las Normas Subsidiarias de Peñacerrada-Urizaharra. Diciembre 1998'

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 2 de Febrero de 2000 , * B.O.T.H.A. Num. 14DIPUTACION FORAL DE ALAVA DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS - Decretos Forales del Consejo de DiputadosDIPUTACION FORAL DE ALAVA Ref. 8.579DECRETO FORAL 154/1999, del Consejo de Diputados de 14 de diciembre, que aprueba definitivamente la "Modificación del Suelo Urbano y Apto para Urbanizar de las Normas Subsidiarias de Peñacerrada-Urizaharra. Diciembre 1998" Visto el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Peñacerrada-Urizaharra. ANTECEDENTES Primero.- En fecha 18 de junio de 1999 y número de registro de entrada 11582, se recibió un oficio del Ayuntamiento de Peñacerrada mediante el cual se comunicaba la aprobación provisional de dicha modificación de las Normas Subsidiarias del Planeamiento municipal y la remisión del expediente con el fin de que le fuera concedida la aprobación definitiva si procediese. Segundo.- Los documentos que componen el expediente tienen por objeto la subsanación de aspectos fundamentales de las Normas Subsidiarias vigentes y su tramitación corresponde a lo dispuesto en la Orden Foral 355 de fecha 15 de mayo de 1998 que dispuso la suspensión de la aprobación definitiva del expediente hasta que se introdujeran en el mismo una serie de modificaciones sustanciales, por lo que debía someterse a un nuevo periodo de información pública, antes de elevarlo de nuevo a la Diputación Foral de Alava para su aprobación definitiva. Tercero.- En consecuencia, el expediente fue sometido a información pública por el plazo de un mes, hecho que fue practicado mediante anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Territorio Histórico de Alava número 28 de 10 de febrero de 1999, en el periódico "El Correo" del 29 de enero de 1999, en el periódico "Deia" del 28 de febrero de 1999 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Cuarto.- Durante el periodo de información pública, se recibieron en el Ayuntamiento siete alegaciones, la 1ª presentada por doña Irene Ibisate Roa, referente a la delimitación de la finca 429 del polígono 10 de Baroja, solicitando la inclusión de su totalidad en el Suelo Urbano de Baroja, que fue desestimada por el Ayuntamiento; la 2ª presentada por don Eduardo Alonso Pinedo solicitando clasificar como Suelo Urbano una parte de una parcela actualmente clasificada como Suelo no Urbanizable de protección de comunicaciones viarias y de protección de cursos de agua, que fue desestimada por el Ayuntamiento; la número 5 presentada por don Luis Miguel Pérez Benito solicitando la inclusión de toda la parcela número 10 de Faido en la delimitación del suelo urbano, que ya incluye la mayor parte de la misma, que fue estimada por el Ayuntamiento; las número 3, 4, 6 y 7, presentadas por don Abelardo Jalón Ruiz de Infante, don Lucinio Peña Moreno, don José Antonio Criado y don Francisco Jiménez Mendo, todas ellas de idéntico contenido solicitando la modificación de la calificación de SU4 para el pueblo de Zumento, que fueron desestimadas por el Ayuntamiento, procediendo en sesión del día 6 de mayo de 1999, a aprobar provisionalmente el expediente y remitirlo a la Diputación Foral de Alava, para su aprobación definitiva. FUNDAMENTOS PRIMERO.- El expediente nuevamente tramitado incluye todas las determinaciones señaladas en la Orden Foral número 355 de 15 de mayo de 1998, por lo que se entienden subsanadas las deficiencias apuntadas. SEGUNDO.- Por lo que respecta a las alegaciones presentadas en el periodo de exposición pública, deben ser resueltas todas ellas, en el sentido acordado por la Corporación municipal, con excepción de la suscrita por Dña. Irene Ibisate Roa, ya que la parcela 429 de Baroja ya se incluye en el Suelo Urbano delimitado de dicho núcleo en el expediente, al integrarse de hecho en tal clasificación de suelo, de acuerdo con lo señalado en el art. 8 de la Ley 6/98 sobre régimen del suelo y valoraciones. TERCERO.- El expediente contiene los documentos señalados en el art. 12 del TRLS/76, y ha sido tramitado según lo dispuesto en el art. 40 del citado texto legal. En su virtud, a propuesta del Diputado de Obras Públicas y Urbanismo, y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada por el mismo en el día de hoy, DISPONGO: Primero.- Aprobar definitivamente la "Modificación del Suelo Urbano y apto para urbanizar de las Normas Subsidiarias de Peñacerrada-Urizaharra. Diciembre 1998". Segundo.- Estimar la alegación presentada por doña Irene Ibisate Roa, en el sentido de clasificar como suelo urbano la parcela 429 polígono 10 de Baroja, debiendo el Ayuntamiento proceder a la modificación de los planos afectados. Tercero.- Estimar la alegación presentada por don Luis Miguel Pérez Benito, en el sentido de clasificar como suelo urbano la parcela número 10 de Faido, debiendo el Ayuntamiento proceder a la modificación de los planos afectados. Cuarto.- Desestimar las alegaciones presentadas por don Eduardo Alonso Pinedo, don Abelardo Jalón Ruiz de Infante, don Lucinio Peña Moreno, don José Antonio Criado, y don Francisco Jiménez Mendo, por las razones que ya fueron esgrimidas por el Ayuntamiento de Peñacerrada-Urizaharra. Quinto.- Publicar la presente resolución en los Boletines Oficiales del País Vasco y del Territorio Histórico de Alava. Sexto.- Contra la presente resolución podrá ser interpuesto recurso potestativo de reposición ante el mismo Organo que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, asi como en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente. Vitoria-Gasteiz, a 14 de diciembre de 1999.- El Diputado General, RAMON RABANERA RIVACOBA.- El Diputado Foral titular del Departamento de Obras Públicas y Urbanismo, ANTONIO AGUILAR MEDIAVILLA. NORMAS SUBSIDIARIAS DE PEÑACERRADA-URIZAHARRA MODIFICACION DEL SUELO URBANO Y APTO PARA URBANIZAR. DICIEMBRE 1998. PROMOTOR: AYUNTAMIENTO DE PEÑACERRADA-URIZAHARRA INDICE DE NORMAS URBANISTICAS TITULO I - DISPOSICIONES GENERALES TITULO II - DESARROLLO Y EJECUCION DE LAS NORMAS CAPITULO 1 - DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO 2 - INSTRUMENTOS DE ORDENACION CAPITULO 3 - INSTRUMENTOS DE GESTION CAPITULO 4 - INSTRUMENTOS DE EJECUCION MATERIAL Sección 1ª. Disposiciones generales Sección 2ª. Parcelaciones urbanísticas Sección 3ª. Proyectos de urbanización Sección 4ª Proyectos de obras ordinarias de urbanización Sección 5ª. Proyectos de edificación Sección 6ª. Proyectos de otras actuaciones urbanísticas Sección 7ª. Proyectos de actividades y de instalaciones Sección 8ª. Evaluación de impacto ambiental TITULO III - DISCIPLINA E INTERVENCION DEL USO DEL SUELO CAPITULO 1 - INFORMACION URBANISTICA Sección 1ª. Publicidad del Planeamiento Sección 2ª. Señalamiento de alineaciones y rasantes CAPITULO 2 - LICENCIAS URBANISTICAS CAPITULO 3 - ORDENES DE EJECUCION Y SUSPENSION DE OBRAS Y OTROS USOS CAPITULO 4 - DEBERES DE CONSERVACION DE LOS PROPIETARIOS DE LOS INMUEBLES Sección 1ª. Deberes generales de conservación de los bienes inmuebles Sección 2ª. Conservación específica del patrimonio catalogado Sección 3ª. Conservación específica y ocupación temporal de solares CAPITULO 5 - ESTADO RUINOSO DE LAS EDIFICACIONES Sección 1ª. Declaración de ruina CAPITULO 6 - FOMENTO DE LA EDIFICACION TITULO IV - DIVISION URBANISTICA DEL TERRITORIO Y REGIMEN GENERAL DEL SUELO CAPITULO 1 - DIVISIONES URBANISTICAS DEL SUELO CAPITULO 2 - INCIDENCIA DEL PLANEAMIENTO SOBRE LAS SITUACIONES PREEXISTENTES CAPITULO 3 - REGIMEN URBANISTICO DEL SUELO TITULO V - REGIMEN DE USOS CAPITULO 1 - DETERMINACIONES GENERALES CAPITULO 2 - USO DE PRODUCCION DE RECURSOS PRIMARIOS CAPITULO 3 - PRODUCCION INDUSTRIAL CAPITULO 4 - ALMACENES Y COMERCIO MAYORISTA CAPITULO 5 - EQUIPAMIENTO CAPITULO 6 - TERCIARIO CAPITULO 7 - RESIDENCIAL CAPITULO 8 - ESPACIOS AJARDINADOS CAPITULO 9 - COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CAPITULO 10 - INFRAESTRUCTURAS BASICAS CAPITULO 11 - AGUA CAPITULO 12 - OTROS USOS TITULO VI - NORMAS GENERALES DE LA EDIFICACION CAPITULO I - DETERMINACIONES GENERALES Sección 1ª. Definiciones básicas Sección 2ª. Tipos edificatorios básicos Sección 3ª. Sistemas de ordenación CAPITULO 2 - PARAMETROS URBANISTICOS CAPITULO 3 - PARAMETROS EDIFICATORIOS Sección 1ª. Parámetros y condiciones de la parcela edificable Sección 2ª. Parámetros y condiciones de la posición del edificio en la parcela Sección 3ª. Parámetros y condiciones de ocupación de la parcela por la edificación Sección 4ª. Parámetros y condiciones de forma de los edificios CAPITULO 4 - CONDICIONES DE ESTETICA CAPITULO 5 - CONDICIONES DE CALIDAD E HIGIENE DE LA EDIFICACION TITULO VII - NORMAS URBANISTICAS DE CARACTER ESPECIFICO CAPITULO 1 - ZONIFICACION CAPITULO 2 - SUELO NO URBANIZABLE Sección 1ª. Espacios naturales y agrarios de protección Sección 2ª. Asentamientos rurales CAPITULO 3 - SUELO APTO PARA URBANIZAR Sección 1ª. Unidad de Actuación Industrial S.A.U. 1 Sección 2ª. Unidad de Actuación de Uso Terciario S.A.U. 2 CAPITULO 4 - SUELO URBANO Sección 1ª. Ordenanza - 1: Area S.U. Sección 2ª. Ordenanza - 2: Area S.U. 2 Sección 3º. Ordenanza - 3: Area S.U. 3 Sección 4ª. Ordenanza - 4: Area S.U. 4 Sección 5ª. Ordenanza - 5: Area S.U. 5 Sección 6ª. Ordenanza - 6: Area S.U. 6 CAPITULO 5 - PROTECCION Y CONSERVACION DEL PATRIMONIO HISTORICO Y DE LOS ESPACIOS NATURALES Sección 1ª...

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