DECRETO FORAL 9/2006, del Consejo de Diputados de 28 de febrero, que modifica el Decreto Foral 111/2001, de 18 de diciembre, Texto refundido del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 13 de Marzo de 2006 , * B.O.T.H.A. Num. 30I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Ref. 1.353DECRETO FORAL 9/2006, del Consejo de Diputados de 28 de febrero, que modifica el Decreto Foral 111/2001, de 18 de diciembre, Texto refundido del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 111/2001, de 18 de diciembre, prevé, en el apartado 5 de su artículo 6 A, la posibilidad de que el Diputado Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos revise las cuantías exceptuadas de gravamen correspondientes a los gastos de locomoción, manutención y estancia en hoteles, restaurantes y demás establecimientos de hostelería. En cumplimiento de lo previsto en el artículo anteriormente referido, se procede a actualizar la cuantía de los citados gastos exceptuados de gravamen en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Además de lo anterior, también se modifica la Disposición Transitoria Primera del citado Decreto Foral 111/2001, a fin de incrementar la minoración en concepto de provisiones, amortizaciones y gastos de difícil justificación en el procedimiento sectorial de la modalidad simplificada del método de estimación directa, aplicable a la actividad de elaboradores de vino y a las actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras, del 25 al 35 por 100. Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Normativa Tributaria, y el emitido por la Comisión Consultiva. En su virtud, a propuesta del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de hoy, DISPONGO: Artículo 1.- Con efectos desde el 1 de marzo de 2006, se modifica el artículo 6 del Decreto Foral 111/2001, de 18 de diciembre, que aprueba el texto refundido del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, quedando redactado de la siguiente manera: "Artículo 6.- Dietas y asignaciones para gastos de locomoción y gastos normales de manutención y estancia. A.- Reglas generales: 1. Se considerarán rendimientos del trabajo las dietas y asignaciones para gastos de viaje, excepto los de locomoción y los normales de manutención y estancia en establecimientos de hostelería que cumplan los requisitos y límites señalados en este artículo. 2...

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