ORDEN FORAL 492/2003, de 18 de diciembre, en relación con la autorización de la instalación de una torre meteorológica en Monte de Albéniz, municipio de Aspárrena.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 16 de Enero de 2004 , * B.O.T.H.A. Num. 7I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas DEPARTAMENTO DE URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE Ref. 8.264ORDEN FORAL 492/2003, de 18 de diciembre, en relación con la autorización de la instalación de una torre meteorológica en Monte de Albéniz, municipio de Aspárrena. ANTECEDENTES Eólicas de Euskadi, S.A. solicitó ante el Ayuntamiento de Aspárrena licencia para la instalación de una torre meteorológica, en terreno clasificado como No Urbanizable y calificado como "zona de protección de monte ralo". El Ayuntamiento de Aspárrena remitió el expediente para cumplimiento del trámite autorizatorio que ordena el Reglamento de Gestión Urbanística. FUNDAMENTOS DE DERECHO Este Departamento es competente para resolver el expediente que se examina de conformidad con el Decreto Foral del Diputado General número 127/1999, de 9 de julio. De acuerdo con el régimen establecido en el artículo 44 del R.D. 3288/1978, de 25 de agosto, Reglamento de Gestión Urbanística, para el Suelo No Urbanizable, podrán autorizarse edificaciones e instalaciones de utilidad pública o interés social que hayan de emplazarse en el medio rural, mediante el procedimiento previsto en el propio artículo, consistente en la aprobación previa por el órgano competente para resolver y en el sometimiento a información pública durante 15 días, antes de adoptar la resolución definitiva acerca de la autorización instada. La naturaleza jurídica de la...

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