Decreto Foral 2/2008, del Consejo de Diputados de 15 de enero, que aprueba la normativa reguladora del precio público del servicio de medicina deportiva prestado por el Departamento de Euskera, Cultura y Deportes de esta Diputación Foral.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Euskera, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 2/2008, del Consejo de Diputados de 15 de enero, que aprueba la normativa reguladora del precio público del servicio de medicina deportiva prestado por el Departamento de Euskera, Cultura y Deportes de esta Diputación Foral.

La Norma Foral 64/1989 sobre Tasas y Precios Públicos, modificada en parte por la Norma Foral 33/1998, de 23 de noviembre, establece en su articulado la regulación del Régimen Jurídico de las tasas y precios públicos de las Entidades que componen el Sector Público Foral del Territorio Histórico de Álava.

En virtud de ello y conforma a lo dispuesto en sus artículos 24, 25, 26 y 27, se propone la aprobación del precio público del servicio de Medicina Deportiva, organizado por el Servicio de Deportes del Departamento de Euskera, Cultura y Deportes de la Diputación Foral de Álava.

En su virtud a propuesta de la Diputada Foral Titular del Departamento de Euskera, Cultura y Deportes y previa deliberación del Consejo de Diputados, en sesión celebrada por el mismo en el día de hoy

DISPONGO:

Primero.- Aprobar la normativa de Precio Público por la prestación del servicio de Medicina Deportiva, organizado por el Servicio de Deportes del Departamento de Euskera, Cultura y Deportes de la Diputación Foral de Álava, para el año 2008.

Artículo 1 Hecho imponible.

Constituye el Hecho Imponible la asistencia a la realización de los reconocimientos médicos de base a...

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