Doña Raquel Aguirre Larumbe, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Bizkaia. Hago saber: Que en autos número 932/96, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña Rebeca García Argintxona, contra doña Carmen Arteabaro Aguirre, Fondo de Garantía Salarial, don Juan Agustín Arandia Arteabaro y don Arkaitz Arrien Mendiguren, sobre cantidad, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor siguiente...

SecciónJuez
EmisorJuzgado de lo Social número 6 de Bilbao (Bizkaia)

(CEDULA DE NOTIFICACION)

Doña Raquel Aguirre Larumbe, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Bizkaia.

Hago saber: Que en autos número 932/96, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña Rebeca García Argintxona, contra doña Carmen Arteabaro Aguirre, Fondo de Garantía Salarial, don Juan Agustín Arandia Arteabaro y don Arkaitz Arrien Mendiguren, sobre cantidad, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:

Que estimando la demanda formulada por doña Rebeca García Argintxona contra don Juan Agustín Arandia Arteabaro, don Arkaitz Arrien Mendiguren, doña Carmen Arteabaro Aguirre y Fondo de Garantía Salarial, condeno de forma solidaria a los demandados don Juan Agustín Arandia Arteabaro, doña Carmen Arteabaro Aguirre y don Arkaitz Arrien Mendiguren a abonar a la actora seiscientas cincuenta y cinco mil setecientas noventa y una (655.791) pesetas e interés legal por mora.

Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades que dentro de los límites legales le puedan corresponder al Fogasa.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación que deberá anunciarse dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación, por comparecencia o por escrito de las partes, su abogado o representante, designando el letrado que habrá de interponerlo. Siendo posible el anuncio por la mera manifestación de aquéllos al ser...

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