ORDEN FORAL 396/2003, de 30 de diciembre, del Diputado de Cultura, Juventud y Deportes que aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de actividades museísticas.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 9 de Febrero de 2004 , * B.O.T.H.A. Num. 17I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas DEPARTAMENTO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES Ref. 82ORDEN FORAL 396/2003, de 30 de diciembre, del Diputado de Cultura, Juventud y Deportes que aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de actividades museísticas. El Departamento de Cultura, Juventud y Deportes de la Diputa ción Foral de Álava, dentro del conjunto de actividades que viene desarrollando, ha estimado oportuno la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de actividades museísticas. Vistos los informes preceptivos. En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen, DISPONGO: Primero.- Aprobar la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de actividades museísticas para el ejercicio 2004, con una dotación máxima de 30.801,88 euros. Segundo.- Aprobar las Bases que regirán la presente convocatoria, que quedan unidas al expediente. Tercero.- La partida presupuestaria que ampara este gasto es la 70.1.02.82.02.461.00.01 del proyecto de Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Álava para 2004. No obstante, la convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la ordenación presupuestaria de la Diputación Foral de Álava para el 2004. Cuarto.- Una vez cumplimentados todos los trámites relacionados con cada solicitud se someterán a la consideración al Diputado titular del Departamento quien los resolverá mediante la correspondiente Orden Foral que será motivada. Quinto.- Las solicitudes de subvención se resolverán en el plazo de tres meses contados a partir de la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Si transcurrido dicho plazo no constase resolución expresa de la solicitud, se entenderá que la misma ha sido denegada, sin perjuicio de que con posterioridad sea resuelta. Sexto.- La presente resolución agota la vía administrativa pudiendo interponer, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación de este acto, ante el Diputado Foral titular del Departamento de Cultura, Juventud y Deportes o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de este acto, ante la Jurisdicción competente. Séptimo.- La resolución de concesión o denegación de la ayuda será notificada a los/as solicitantes según las forma previstas en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Octavo.- Hacer público el correspondiente anuncio oficial en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava. En Vitoria-Gasteiz, a 30 de diciembre de 2003.- El Diputado de Cultura, Juventud y Deportes, FEDERICO VERÁSTEGUI COBIÁN. SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DEACTIVIDADES MUSEISTICAS BASES PRIMERA.- Objeto de la convocatoria Colaborar a la financiación de los gastos ocasionados por actividades museísticas realizadas durante el año 2004, promovidas por Asociaciones o Entidades dentro del ámbito de Álava o fuera de ella, en el caso de que puedan ser consideradas de interés para el Territorio Histórico. SEGUNDA.- Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Asociaciones y Entidades Culturales públicas o privadas y sin ánimo de lucro...

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