Decreto 11/2014, de 21 de febrero, de modificación del Decreto 137/2007, de 9 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias de las Illes Balears

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

El Decreto 137/2007, de 9 de noviembre, creó la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias. El artículo 3.1 de este Decreto estableció su composición, que fue posteriormente modificada por el Decreto 103/2011, de 7 de octubre, para ajustarse a la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma vigente en aquel momento y establecida por el Decreto 12/2011, de 18 de junio, del presidente de las Illes Balears.

Mediante el Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, se ha determinado una nueva composición del Gobierno y se ha establecido una nueva estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears mediante la creación y modificación de varias consejerías.

En consecuencia, la composición de la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias, por lo que respecta exclusivamente a las consejerías que tienen competencias afectadas en relación con estos convenios, se tiene que adaptar a la actual composición y estructura del Gobierno.

De acuerdo con los artículos 38 y 39 de la Ley del Gobierno de las Illes Balears, la potestad reglamentaria corresponde al Gobierno y tiene que adoptar, en este caso, la forma de decreto.

Por todo ello, a propuesta del vicepresidente y consejero de Presidencia, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno el día 21 de febrero de 2014,

DECRETO

Artículo único

Modificación del artículo 3 del Decreto 137/2007, de 9 de noviembre

Se modifica el apartado 1 del artículo 3 del Decreto 137/2007, de 9 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que pasa a tener la siguiente redacción:

  1. Son integrantes de la Comisión:

a) El vicepresidente y consejero de Presidencia, que la preside.

b) La directora general de Coordinación del Gobierno, que es su vicepresidenta.

c) Dos personas en representación de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, designadas por su titular.

d) Una persona en representación de la Consejería de Economía y Competitividad, designada por su titular.

e) Una persona en representación de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, designada por su titular.

f) Una persona en representación de la Consejería de Turismo y Deportes, designada por su titular.

g) Una persona en representación de la Consejería de Salud, designada por su titular.

h) Dos...

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