Decreto Foral 73/2007, del Consejo de Diputados de 30 de octubre, que incrementa las retribuciones del personal al servicio del Instituto Foral de la Juventud - Gaztediaren Foru Erakundea para 2007.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Juventud y Promoción Social
Rango de LeyDecreto foral

EXPOSICION

El régimen jurídico vigente de la Función Pública, en lo que se refiere a la materia de retribuciones, está regulado por la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública, por la Ley 6/89, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, así como por diversas normas de desarrollo y, singularmente, por el Decreto 207/90, de 30 de julio, de Retribuciones de los Funcionarios de las Administraciones Públicas Vascas.

De acuerdo con dichas normas, las cuantías de las retribuciones básicas se fijan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, Ley 42/2006, de 28 de diciembre, que para el año 2007, establece en su artículo 21.2 que "Con efectos de 1 de enero del año 2007, las retribuciones del personal al servicio del sector público, incluidas, en su caso, las diferidas, no podrán experimentar un incremento global superior al 2 por ciento con respecto a las del año 2006". Dicho incremento tiene carácter básico según establece el apartado nueve del mismo artículo.

El mismo texto legal señala asimismo en su artículo 21.4 que la masa salarial de los funcionarios experimentará un incremento del 1 por 100 que se destinará al aumento del complemento específico, o concepto adecuado.

Del mismo modo se recoge que la masa salarial del personal laboral experimentará el incremento necesario para hacer posible la aplicación al mismo de una cuantía anual equivalente a la que resulte para los funcionarios públicos, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior.

De esta forma, mediante Decreto Foral 48/06, de 18 de julio, se aprobaron las condiciones del personal funcionario de la Administración General de la Diputación Foral de Alava para los años 2006 y 2007, en las que se establece que para el año 2007, además de los incrementos ya citados de la Ley de Presupuestos Generales del Estado y para el cumplimiento de los objetivos de modernización, racionalización en la prestación de los servicios públicos y mejora de la productividad en la Administración General de la Diputación Foral de Alava, que se dotará un fondo destinado a tales fines, cuya cuantía será un porcentaje de la masa salarial de 2006, que garantice un incremento de la masa salarial para el año 2007 de un 4%.

En cumplimiento de lo señalado, el Acuerdo 27/2007, del Consejo de Diputados de 23 de enero, aprueba el incremento de las retribuciones del personal funcionario de la Administración General de la Diputación Foral de Alava para el año 2007, recogiendo los...

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