ORDEN FORAL 830/2002, de 27 de septiembre, de aceptación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden Foral 799/2002, de 20 de setiembre, de aprobación definitiva del expediente de Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Iruña de Oca referente a la Cantera de Azko rrigana enTrespuentes.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 30 de Septiembre de 2002 , * B.O.T.H.A. Num. 111I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Ordenes ForalesDEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO Ref. 6.053ORDEN FORAL 830/2002, de 27 de septiembre, de aceptación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden Foral 799/2002, de 20 de setiembre, de aprobación definitiva del expediente de Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Iruña de Oca referente a la Cantera de Azko rrigana enTrespuentes. ANTECEDENTES Mediante Orden Foral número 799/02, de 20 de septiembre, del Diputado de Obras Públicas y Urbanismo, se aprobó definitivamente el expediente de Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Iruña de Oca relativa a la Cantera Azkorrigana de Trespuentes. La ejecutoriedad de la citada Orden, no obstante, quedó condicionada a la introducción en el expediente de las modificaciones que se señalaban en la misma. Con fecha 24 de septiembre de 2002, el Ayuntamiento de Iruña de Oca remitió a la Diputación Foral de Álava el Texto Refundido del expediente a fin de que fuera declarada la ejecutoriedad del mismo. FUNDAMENTOS Examinada la documentación remitida se observa que la misma ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Orden Foral de aprobación definitiva, habiéndose recogido las modificaciones señaladas en la misma. En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen otorgadas en el Decreto Foral del Diputado General número 105/2000, de 31 de julio, DISPONGO: Primero.- Dar por cumplidas las condiciones impuestas en la Orden Foral 799/2002, de 20 de septiembre, por la que se aprobó definitivamente el expediente de Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Iruña de Oca referente a la Cantera Azkorrigana de Trespuentes. Segundo.- Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava, junto con la normativa urbanística aprobada. Tercero.- Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los siguientes recursos, sin perjuicio de cualquier otra medida que se estime procedente: a) Directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la notificación o publicación del acto, ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. b) Potestatívamente, y, con carácter...

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