Orden Foral 171/2008, de 21 de abril, de aceptación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden Foral nº 54/2008, de 19 de febrero, del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial, por la que se aprobó definitivamente el expediente de modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Ayala, referido a la ampliación del suelo industrial de Murga II.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local y Equilibrio Territorial
Rango de LeyOrden foral
  1. ANTECEDENTES

    Mediante Orden Foral nº 54/2008, de 19 de febrero, del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial, se aprobó definitivamente el expediente de modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Ayala, referido a la ampliación del suelo industrial de Murga II, con las modificaciones que se señalaban en la misma.

    Con fecha 9 de abril de 2008, el Ayuntamiento de Ayala ha remitido a la Diputación el texto refundido del expediente a fin de que sea declarada la ejecutoriedad del mismo.

  2. FUNDAMENTOS

    Analizada la documentación aportada se comprueba que ha dado cumplimiento a todas las modificaciones impuestas en la Orden Foral mencionada.

    En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen,

    DISPONGO

    Primero.- Dar por cumplidas las condiciones impuestas en la Orden Foral nº 54/2008, de 19 de febrero, del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial, por la que se aprobó definitivamente el expediente de modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Ayala, referido a la ampliación del suelo industrial de Murga II.

    Segundo.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava.

    Tercero.- Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los particulares cualquiera de los siguientes recursos, sin perjuicio de cualquier otra medida que se estime procedente; respecto de las determinaciones que supusieran modificación en relación con las aprobadas definitivamente. a) Directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la notificación o publicación del acto, ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. b) Potestativamente, y, con carácter previo al recurso citado, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la notificación o publicación de la misma.

    Vitoria-Gasteiz, 14 de abril de 2008.- El Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial, ALFREDO DE MIGUEL AGIRRE

    NORMAS URBANISTICAS

TITULO IX.- SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (PLANES PARCIALES)

Art. 219. Definición y ámbito de aplicación.

Se añade el: PLAN PARCIAL SECTOR INDUSTRIAL MURGA-II - Criterios y Objetivos de la Ordenación

Superficie 19.467,- m2.

- Régimen Urbanístico General

Calificación global: Industrial Tipo de Ordenación: Flexible. A desarrollar por el P. Parcial. Usos autorizados: Predominante. Industrial Compatible: Infraestructuras básicas de servicios, Comercial y áreas de exposición.

Tipos edificatorios: Edificación aislada.

Edificabilidad: 0,7 m2/m2. S/superficie bruta,

excluidos los suelos de uso y dominio público.

Nº de Plantas:Baja + 1 Alturas máx...

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