Orden Foral 215/2011, de 20 de abril, de aceptación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden Foral nº 100/2011, de 28 de febrero, del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial por la que se aprobó definitivamente el expediente de Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Oyón-Oion.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local y Equilibrio Territorial
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 215/2011, de 20 de abril, de aceptación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden Foral nº 100/2011, de 28 de febrero, del Diputado de Adminis tración Local y Equilibrio Territorial por la que se aprobó definitivamente el expediente de Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Oyón-Oion.

ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Orden Foral nº 100/2011, de 28 de febrero, del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial, se aprobó definitivamente el expediente de Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Oyón-Oion.

Segundo.- La ejecutoriedad de la citada Orden Foral quedó condicionada a la introducción en el expediente de las modificaciones que se señalaban en la misma.

Tercero.- Con fecha 4 de abril de 2011, el Ayuntamiento de Oyón-Oion ha remitido a la Diputación el texto refundido del expediente a fin de que sea declarada la ejecutoriedad del mismo.

FUNDAMENTOS

Analizada la documentación aportada se comprueba que ha dado cumplimiento a las condiciones impuestas en la Orden Foral mencionada.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen,

DISPONGO

Primero.- Dar por cumplidas las condiciones impuestas en la Orden Foral nº 100/2011 de 28 de febrero, del Diputado de Adminis -tración Local y Equilibrio Territorial, por la que se aprobó definitivamente el expediente de Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Oyón-Oion.

Segundo.- Publicar la presente resolución en el BOTHA. Tercero. Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los particulares cualquiera de los siguientes recursos, sin perjuicio de cualquier otra medida que estimen procedente en defensa de sus intereses: a) Directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la notificación o publicación del acto, ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. b) Potestativamente y, con carácter previo al recurso citado, recurso de reposición por los interesados o requerimiento por otras Administraciones, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la notificación o publicación de la misma.

Vitoria-Gasteiz, 20 de abril de 2011.- El Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial, IÑAKI NAFARRATE KORTABARRIA.

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE OYÓN-OION

NORMATIVA URBANÍSTICA

NORMAS GENERALES

TÍTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL Artículos 1.1.1.1 a 1.1.1.5
CAPÍTULO 1.1.1 ÚNICO Artículos 1.1.1.1 a 1.1.1.5
Artículo 1.1.1.1 Ámbito de aplicación y vigencia.
  1. El presente Plan General de Ordenación Urbana será de aplicación, desde su entrada en vigor, en la totalidad del término municipal de Oyón-Oion. 2. Su vigencia se mantendrá indefinidamente mientras no sea revisado, sin perjuicio de sus eventuales modificaciones.

Artículo 1.1.1.2 Sistema de Normalización del Planeamiento Urbanístico de Álava. 1

El presente Plan General de Ordenación Urbana ha sido realizado materialmente con la aplicación informática denominada.

"Sistema de normalización del planeamiento urbanístico de Álava (NORPLAN)". Por tratarse de una aplicación general ideada para que sirva de soporte de cualquier instrumento de planeamiento a elaborar en el Territorio Histórico de Álava puede haber en ella determinaciones (clases de suelo, zonas y subzonas, etc.) que no existan en el presente documento. Tanto en los artículos siguientes como en los planos de ordenación se especifica con precisión tal circunstancia.

Artículo 1.1.1.3 Sistemática del articulado de las Normas urbanísticas. 1

El articulado de estas Normas Urbanísticas se estructura en Libros, Títulos, Capítulos y, en ocasiones, Secciones. 2. La nomenclatura del código de los artículos se compone de cuatro dígitos. El primero se refiere al Libro, el segundo al Título, el tercero al Capítulo y el cuarto al número de orden del artículo dentro del Capítulo. Las Secciones, al no existir en todos los casos, no se tienen en cuenta en esta nomenclatura.

Artículo 1.1.1.4 Documentación constitutiva del presente Plan General de Ordenación Urbana. 1

El presente Plan General de Ordenación Urbana, en adelante Plan General, está constituido por los siguientes documentos: - Documento "A. Memoria" * A.1 Memoria informativa y justificativa. * A.2 Memoria justificativa de cumplimiento del informe preliminar de impacto ambiental. * A.3 Justificación de cumplimiento de los estándares. - Documento "B. Normativa urbanística" * B. Libro 1. Normas Generales. * B. Libro 2. Normas Particulares de los Ámbitos de Ordenación Pormenorizada. * B. Libro 3. Normas de protección del patrimonio históricoarquitectónico y de los espacios naturales. - Documento "C. Planos" - Documento "D. Estudio de Viabilidad Económico-Financiera y de Sostenibilidad Económica" - Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental/Informe de Sostenibilidad Ambiental 2. La normativa urbanística se compone del documento "B. Libro 1. Normas generales", del documento "B. Libro 2. Normas particulares de los ámbitos de ordenación pormenorizada" y del documento "B. Libro 3. Normas de protección del patrimonio histórico-arquitectónico y de los espacios naturales". 3. Los planos de ordenación urbanística del municipio de Oyón-Oion se componen de: - P-1. Calificación del término municipal. * P-1.1. Calificación del término municipal. Infraestructuras generales y condicionantes superpuestos adicionales. - P-2. Clasificación del suelo y ámbitos de ordenación.

- P-3. Zonificación global en suelo urbano y urbanizable.

- P-4. Zonificación pormenorizada. - P-5. Condiciones de la edificación. * P-5.1. Condiciones de la edificación. Retiros respecto a cauces fluviales. - P-6. Regímenes de desarrollo y de ejecución. - P-7. Alineaciones y rasantes. - P-8. Infraestructuras de la red de servicios.

Dado que este Plan General ha sido realizado por métodos informáticos, la edición de cada plano puede ser realizada a escalas diversas. No obstante, para la elaboración de los planos P-1, P-1.1 y P-2 se ha utilizado la cartografía básica de escala 1/5.000 y para el resto la de escala 1/500 -en ambos casos de la Diputación Foral de Álava-, salvo en la serie de planos P-7, en donde se ha optado por incluir el plano catastral proporcionado por el servicio de catastro de la Diputación Foral de Álava.

Artículo 1.1.1.5 Interpretación de la documentación que integra el presente Plan General de Ordenación Urbana. 1

Este Plan General se interpretará atendiendo a su contenido y con sujeción a los objetivos y finalidades expresados en la Memoria.

  1. En los casos de duda o imprecisión prevalecerá la interpretación más favorable desde el punto de vista del interés de la colectividad. En cualquier caso, siempre prevalecerán las interpretaciones realizadas a través de las funciones jurisdiccionales del Poder Judicial. 3. Cuando se suscite una duda de interpretación que no sea fácilmente resoluble, de acuerdo con lo indicado en los...

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