Orden Foral 499/2009, de 26 de agosto, de aceptación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden Foral 690/2006, de 4 de agosto, del Diputado de Urbanismo y Medio Ambiente, por la que se aprobó definitivamente el expediente de Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Peñacerrada, referente a la Cantera 'Santutis'.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local <Br>Y Equilibrio Territorial
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 499/2009, de 26 de agosto, de aceptación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden Foral 690/2006, de 4 de agosto, del Diputado de Urbanismo y Medio Ambiente, por la que se aprobó definitivamente el expediente de Modificación Puntual de las Normas Subsi -diarias de Planeamiento de Peñacerrada, referente a la Cantera "Santutis".

  1. ANTECEDENTES

    Primero.- Mediante Orden Foral 690/2006, de 4 de agosto, del Diputado de Urbanismo y Medio Ambiente, se aprobó con condiciones el expediente de Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Peñacerrada, referente a la Cantera "Santutis".

    Segundo.- La ejecutoriedad de la citada Orden Foral, no obstante, quedó condicionada a la introducción en el expediente de las modificaciones que se señalaban en la misma.

    Tercero.- Con fecha 23 de julio de 2009 y en cumplimiento de la citada Orden Foral 690/2006, el Ayuntamiento de Peñacerrada ha remitido a esta Diputación Foral de Alava el texto refundido del expediente a fin de que sea declarada la ejecutoriedad del mismo.

  2. FUNDAMENTOS

    Analizada la documentación aportada se comprueba que ha dado cumplimiento a las modificaciones impuestas en la Orden Foral 690/2006, de aprobación definitiva del expediente.

    En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen,

    DISPONGO

    Primero.- Dar por cumplidas las condiciones impuestas en la Orden Foral 690/2006, de 4 de agosto, del Diputado de Urbanismo y Medio Ambiente, por la que se aprobó definitivamente el expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Peñacerrada, referente a la Cantera "Santutis".

    Segundo.- Publicar la presente resolución en el BOTHA. Tercero.- Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los particulares cualquiera de los siguientes recursos, sin perjuicio de cualquier otra medida que se estime procedente; respecto de las determinaciones que supusieran modificación en relación con las aprobadas definitivamente. a) Directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la notificación o publicación del acto, ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. b) Potestativamente, y, con carácter previo al recurso citado, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la notificación o publicación de la...

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