Orden Foral 55/2011, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 26 de enero, por la que se modifica la Orden Foral 838/2010, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 24 de diciembre, de aprobación del modelo 171 de declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de cobros de cualquier documento, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador y se establecen las condiciones para su presentación telemática.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 55/2011, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 26 de enero, por la que se modifica la Orden Foral 838/2010, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presu -puestos de 24 de diciembre, de aprobación del modelo 171 de declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de cobros de cualquier documento, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador y se establecen las condiciones para su presentación telemática.

Por Orden Foral 838/2010, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 24 de diciembre, se aprueba el modelo 171 de declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de cobros de cualquier documento, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador y se establecen las condiciones para su presentación telemática.

Advertido un error en el Anexo II de la citada Orden Foral relativo a los diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador del modelo 171 y al objeto de evitar confusiones, por la presente, se procede a aprobar nuevamente los diseños físicos y lógicos antes mencionados.

Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Normativa Tributaria.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen,

DISPONGO

Artículo Único

Modificación de la Orden Foral 838/2010 del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 24 de diciembre, de aprobación del modelo 171 de declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de cobros de cualquier documento, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador y se establecen las condiciones para su presentación telemática.

Se modifica el Anexo II por el que se aprueban los diseños físicos a los que deberán ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador, así como los diseños lógicos a los que deberán ajustarse los ficheros que contengan la información a suministrar en el modelo 171, quedando redactado tal y como se recoge en el anexo a la presente Orden Foral.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA Entrada en vigor.

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOTHA y será aplicable por primera vez a las declaraciones que se presenten en el año 2011, en relación con la información correspondiente a operaciones realizadas a partir del 20 de enero de 2010.

Vitoria-Gasteiz, 26 de enero de 2011.- Diputado Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, JOSÉ LUIS CIMIANO RUIZ.- Director de Hacienda, JOSU ZUBIAGA NIEVA.

DISEÑOS FÍSICOS Y LÓGICOS A LOS QUE DEBEN AJUSTARSE LOS ARCHIVOS QUE SE GENEREN PARA LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA Y LOS SOPORTES DIRECTAMENTE LEGIBLES

POR ORDENADOR DEL MODELO 171

  1. CARACTERÍSTICAS DE LOS SOPORTES MAGNÉTICOS Los soportes directamente legibles por ordenador para la presentación de la declaración informativa anual de las imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento (modelo 171) habrán de cumplir las siguientes características: - Tipo: CD-R (Compact Disc Recordable) de 12 cm. - Capacidad: hasta 700 MB - Formato ISO/IEC DIS 9660, con extensión Joliet. - No multisesión.

Los archivos parciales contendrán siempre registros completos, es decir, nunca podrá particionarse el fichero dejando registros incompletos en los ficheros parciales. B) DISEÑOS LÓGICOS

DESCRIPCIÓN DE LOS REGISTROS

Para cada declarante se incluirán dos tipos diferentes de registro, que se distinguen por la primera posición, con arreglo a los siguientes criterios: * Tipo 1: Registro del declarante: Datos identificativos y hoja resumen de la declaración. Diseño de tipo de registro 1 de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y Anexo de la presente Orden. * Tipo 2: Registro de declarado. Diseño de tipo de registro 2 de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y Anexo de la presente Orden.

El orden de presentación será el del tipo de registro, existiendo un único registro del tipo 1 y tantos registros del tipo 2 como declarados tenga la declaración.

Todos los campos alfanuméricos y alfabéticos se presentarán alineados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas sin caracteres especiales, y sin vocales acentuadas.

Para los caracteres específicos del idioma se utilizará la codificación ISO-8859-1. De esta forma la letra "Ñ" tendrá el valor ASCII 209 (Hex. D1) y la "Ç"(cedilla mayúscula) el valor ASCII 199 (Hex. C7).

Todos los campos numéricos se presentarán alineados a la derecha y rellenos a ceros por la izquierda sin signos y sin empaquetar.

Todos los campos tendrán contenido, a no ser que se especifique lo contrario en la descripción del campo. Si no lo tuvieran, los campos numéricos se rellenarán a ceros y tanto los alfanuméricos como los alfabéticos a blancos.

MODELO 171

A.- TIPO DE REGISTRO 1: REGISTRO DEL DECLARANTE. (POSICIONES, NATURALEZA Y DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS)

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCIÓN DE
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