ORDEN FORAL 197, del Ilmo. Sr. Diputado Foral titular del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 20 de marzo de 2001, por la que se dictan normas para la presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, correspondientes al ejercicio 2000.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 30 de Marzo de 2001 , * B.O.T.H.A. Num. 37Disposiciones y Resoluciones Administrativas Ordenes ForalesDEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS Ref. 1.962ORDEN FORAL 197, del Ilmo. Sr. Diputado Foral titular del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 20 de marzo de 2001, por la que se dictan normas para la presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, correspondientes al ejercicio 2000. El artículo 95.7 de la Norma Foral 35/1998, de 16 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, señala que los "modelos de declaración, así como la utilización de modalidades simplificadas o especiales de declaración, se aprobarán por el Diputado Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, que establecerá la forma y plazos de su presentación, así como los supuestos y condiciones de presentación de las declaraciones por medios telemáticos". En similares términos se expresa el artículo 37 de la Norma Foral 23/1991, de 11 de diciembre, del Impuesto sobre el Patrimonio. Próximamente va a iniciarse el plazo para la presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, correspondientes al ejercicio 2000. Por este motivo se hace necesario regular, entre otras cuestiones, las modalidades de declaración, el plazo y lugares en que podrán presentarse las declaraciones, así como aprobar los modelos de impresos correspondientes a ambos tributos. Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Normativa Tributaria y el emitido por la Comisión Consultiva. Por lo anterior, como Titular del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, haciendo uso de las facultades que me competen, DISPONGO: Artículo 1.- Modalidades de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas podrán presentarse por los siguientes sistemas: Uno. Rent@raba 1. Rent@raba es un servicio para confeccionar las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que se presta gratuitamente a los contribuyentes que reúnan los requisitos exigidos para poder utilizar esta modalidad de declaración. Este servicio se presta en las oficinas de Hacienda de la Diputación Foral de Álava, en las Entidades Colaboradoras...

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