DECRETO FORAL 27/2000, del Consejo de Diputados de 21 de marzo, que modifica la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Foral de Bienestar Social - Gizarte Ongizaterako Foru Erakundea consistente en la amortización y creación de varios puestos.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 7 de Abril de 2000 , * B.O.T.H.A. Num. 42DIPUTACION FORAL DE ALAVA DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS - Decretos Forales del Consejo de DiputadosDIPUTACION FORAL DE ALAVA Ref. 2.069DECRETO FORAL 27/2000, del Consejo de Diputados de 21 de marzo, que modifica la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Foral de Bienestar Social - Gizarte Ongizaterako Foru Erakundea consistente en la amortización y creación de varios puestos. La Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, establece en su Capítulo I, incluido en el Título II "De la Estructura y Organización de la Función Pública, la regulación de las relaciones de puestos de trabajo. El artículo 13 de la referida Ley las define como el instrumento mediante el cual las Administraciones Públicas Vascas racionalizan y ordenan sus estructuras internas, determinan sus necesidades de personal, definen los requisitos exigidos para su desempeño y clasifican cada uno de ellos. Los artículos siguientes, por su parte, incluidos en el capítulo referido, determinan las condiciones que deben observar las referidas relaciones de puestos de trabajo. Entre ellas, el artículo 16 dispone que deben publicarse en el Boletín Oficial del Territorio Histórico respectivo cuando correspondan a las Diputaciones Forales. En otro orden de cosas, ha de señalarse que el artículo 9, apartado d) de la Norma Foral 15/1987, de 30 de octubre, sobre Gestión de Actividades Económicas y Servicios Públicos Forales Descentralizados, establece que corresponderá en todo caso a los órganos de la Diputación Foral de Alava, según sus respectivas atribuciones, decidir, entre otras cuestiones, sobre la aprobación de la plantilla y la fijación de la política de personal de los Organismos Autónomos Forales. Así, el artículo 8, apartado 12, de la Norma Foral 52/1992, de 18 de diciembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación Foral de Alava, dispone que corresponde al Consejo de Diputados, en ejercicio de la función ejecutiva, aprobar las relaciones de puestos de trabajo de la Diputación Foral de Alava y sus Organismos. El Consejo de Administración del Instituto Foral de Bienestar Social, ha sido informado de la modificación propuesta en la relación de puestos de trabajo, valorando positivamente la misma, por lo que en ejercicio de la función de elevar las propuestas que requieran la aprobación de...

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