Decreto Foral 39/2011, del Consejo de Diputados de 17 de mayo, que modifica el Decreto Foral del Consejo 43/2008, de 20 de mayo, que aprobó la estructura orgánica y funcional del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

La Hacienda Foral de Álava esta llevando a cabo un proyecto de transformación e innovación para cuya realización es necesario implantar una serie de cambios en la organización del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos.

Los cambios a realizar pretenden conseguir adaptar la prestación de los servicios a las necesidades y demandas de los contribuyentes buscando la mejora de la calidad y la satisfacción de los mismos. Así, se sustituye el Negociado de Archivos, Notificaciones y Registro por la Sección de Unidad de Gestión Censal y Notificaciones dentro del Servicio de Relación con los Contribuyentes que va centralizar la gestión censal. Por otra parte, dentro del Servicio de Inspección de Tributos se encuadra una unidad integral de grandes empresas que preste un tratamiento especializado a este colectivo. Finalmente se amplia el ámbito funcional del Servicio de Recaudación que pasa a denominarse Servicio de Recaudación y Gestión de Procesos.

Según lo previsto en el párrafo tercero del artículo 3 del Reglamento Orgánico de la Comisión Consultiva de la Administración Foral de Álava, no es preceptivo el informe de la citada Comisión.

Visto el informe emitido al respecto por el Director de Hacienda.

En su virtud, a propuesta del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de hoy,

DISPONGO

Artículo Único Modificación del Decreto Foral 43/2008, del Consejo de Diputados, de 20 de mayo, que aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos.

Se introducen las siguientes modificaciones en el Decreto Foral 43/2008, de 20 de mayo, que aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos:

Uno. Se modifica el artículo 4, que queda redactado con el siguiente contenido:

Artículo 4. Estructura de la Dirección de Hacienda.

Dependen de la Dirección de Hacienda los Servicios de: 1) Relación con los Contribuyentes.

Depende de este Servicio: - La Sección de Unidad de Gestión Censal y Notificaciones. 2) Inspección de Tributos.

De este Servicio dependen: - Grupo de Inspección número 1. - Grupo de Inspección número 2. Unidad integral de Grandes Empresas. - Grupo de Inspección número 3. - Negociado de Inspección. 3) Normativa Tributaria. 4) Estudios y Gestión de Datos Fiscales. 5) Tributos Directos.

Dependen de este Servicio las Secciones de: - Impuestos sobre Sociedades, Retenciones y No Residentes. - Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y Patrimonio. 6) Tributos Indirectos.

Dependen de este Servicio las Secciones de: - Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales, Actos Jurídicos Documentados, Sucesiones y Donaciones. - Impuesto sobre el Valor Añadido e Impuestos especiales. 7) Tributos Locales y Catastro. 8) Servicio de Recaudación y Gestión de Procesos.

Dos. Se modifica el artículo 12, que queda...

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