unidad de recaudación ejecutiva 48/05 En relación con el procedimiento que se sigue en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra don Joseba Andoni Uriarte Fontal, con NIF 022732157S, sobre deudas a la Seguridad Social, le comunicamos que con fecha 15 de abril de 2002, se efectuó la diligencia de embargo que se adjunta por el recaudador que suscribe, habiendo sido notificada la misma a la empresa Adecco T.T., S.A., Empresa de Trabajo Temporal, en esa misma fecha.

SecciónAdministración General del Estado
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales

En relación con el procedimiento que se sigue en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra don Joseba Andoni Uriarte Fontal, con NIF 022732157S, sobre deudas a la Seguridad Social, le comunicamos que con fecha 15 de abril de 2002, se efectuó la diligencia de embargo que se adjunta por el recaudador que suscribe, habiendo sido notificada la misma a la empresa Adecco T.T., S.A., Empresa de Trabajo Temporal, en esa misma fecha.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 29 de junio de 1994), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 31 de diciembre de 1994), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso ordinario sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 183.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a los efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Diligencia de embargo de sueldos, salarios, pensiones y prestaciones económicas (TVA-328)

Diligencia: Notificado al deudor de referencia don Joseba Andoni Uriarte Fontal, con NIF 022732157S, conforme al artículo 109 del Reglamento de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, los débitos cuyo cobro se persigue en el expediente número 4805970801.66-I, que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sin que los haya satisfecho, de acuerdo con la providencia de embargo de bienes dictada en el mismo y conociendo como bienes embargables los que viene percibiendo en calidad...

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