ORDEN FORAL 764/2003, de 4 de julio, en relación con el expediente de revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Ribera Alta.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 20 de Agosto de 2003 , * B.O.T.H.A. Num. 96I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Ordenes ForalesI - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO Ref. 4.632ORDEN FORAL 764/2003, de 4 de julio, en relación con el expediente de revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Ribera Alta. ANTECEDENTES Mediante Orden Foral número 189/03, de 3 de marzo, del Diputado de Obras Públicas y Urbanismo, se aprobó definitivamente el expediente de revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Ribera Alta. La ejecutoriedad de la citada Orden, no obstante, quedó condicionada a la introducción en el expediente de las modificaciones que se señalaban en la misma. Con fecha 19 de junio de 2003, el Ayuntamiento de Ribera Alta remitió a la Diputación Foral de Álava el Texto Refundido del expediente a fin de que fuera declarada la ejecutoriedad del mismo. FUNDAMENTOS Examinada la documentación remitida se observa que la misma ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Orden Foral de aprobación definitiva, habiéndose recogido las modificaciones señaladas en la misma. En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen, DISPONGO: Primero. Dar por cumplidas las condiciones impuestas en la Orden Foral 189/2003, de 3 de marzo, por la que se aprobó definitivamente el expediente de revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Ribera Alta. Segundo.- Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava junto con la normativa urbanística aprobada. Tercero.- Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los particulares cualquiera de los siguientes recursos, sin perjuicio de cualquier otra medida que estime procedente en defensa de sus intereses: a) Directamente, el recurso, contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la notificación o publicación del acto, ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. b) Potestativamente y, con carácter previo al recurso citado, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la notificación o publicación de la misma. Lo que se publica para general conocimiento. Vitoria-Gasteiz, a 4 de julio de 2003.- El Diputado Foral titular del Departamento de Obras Públicas y Urbanismo, ANTONIO AGUILAR MEDIAVILLA. NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE RIBERA ALTA NORMAS URBANÍSTICAS TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Naturaleza y ámbito territorial. Artículo 2.- Vigencia. Artículo 3.- Efectos de las Normas Subsidiarias. Artículo 4.- Revisión de las Normas. Artículo 5.- Modificación de las Normas. Artículo 6.- Documentación de las Normas Subsidiarias. Artículo 7.- Interpretación de las Normas. TÍTULO II. DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 8.- Instrumentos de actuación urbanística. CAPÍTULO II. INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN Artículo 9.- Planes Parciales. Artículo 10.- Planes Especiales. Artículo 11.- Estudios de Detalle. CAPÍTULO III. INSTRUMENTOS DE GESTIÓN Artículo 12.- Sistemas de actuación. CAPÍTULO IV. INSTRUMENTOS DE EJECUCIÓN MATERIAL Sección 1ª. Disposiciones Generales. Artículo 13.- Clases de proyectos. Sección 2ª. Parcelaciones urbanísticas. Artículo 14.- Parcelaciones urbanísticas. Sección 3ª. Proyectos de Urbanización. Artículo 15.- Definición y contenido. Sección 4ª. Proyectos de obras ordinarias de urbanización. Artículo 16.- Definición y contenido. Sección 5ª. Proyectos de edificación. Artículo 17.- Clases. Artículo 18.- Condiciones comunes de los proyectos de edificación. Artículo 19.- Complementos documentales específicos de los proyectos de edificación. Sección 6ª. Proyectos de otras actuaciones urbanísticas. Artículo 20.- Definición y clases. Artículo 21.- Condiciones de los proyectos de otras actividades urbanísticas 16 Sección 7ª. Proyectos de actividades y de instalaciones. Artículo 22.- Definición y clases. Artículo 23.- Condiciones de los proyectos de actividades e instalaciones. Sección 8ª. Evaluación de impacto ambiental. Artículo 24.- Concepto y finalidad. Artículo 25.- Contenidos mínimos de los Estudios de Impacto Ambiental. TÍTULO III. DISCIPLINA E INTERVENCIÓN DEL USO DEL SUELO CAPÍTULO I. INFORMACIÓN URBANÍSTICA Sección 1ª. Publicidad del Planeamiento. Artículo 26.- Tipos. Artículo 27.- Consulta directa. Artículo 28.- Consultas previas. Artículo 29.- Informes urbanísticos. Artículo 30.- Cédulas urbanísticas. Artículo 31.- Consultas que requieren interpretación del planeamiento. Artículo 32.- Regulación de la responsabilidad patrimonial de la Administración. Sección 2ª. Señalamiento de alineaciones y rasantes. Artículo 33.- Procedimiento y validez. CAPÍTULO II. LICENCIAS URBANÍSTICAS Artículo 34.- Actos sujetos a licencia urbanística. Artículo 35.- Procedimiento para el otorgamiento de licencias. Artículo 36.- Obligaciones del titular de la licencia. Artículo 37.- Licencias de parcelación. Artículo 38.- Licencias de obras de urbanización. Artículo 39.- Licencias de obras de edificación. Artículo 40.- Control de la ejecución de las obras. Artículo 41.- Caducidad y suspensión de las licencias de obras. Artículo 42.- Revocación de licencias de obras. Artículo 43.- Licencias de otras actuaciones urbanísticas. Artículo 44.- Tramitaciones singulares. Artículo 45.- Licencias de actividades e instalaciones. Artículo 46.- Licencias de ocupación o funcionamiento. CAPÍTULO III. ORDENES DE EJECUCIÓN Y SUSPENSIÓN DE OBRAS Y OTROS USOS Artículo 47.- Objeto y efectos. CAPÍTULO IV. DEBERES DE CONSERVACIÓN DE LOS PROPIETARIOS DE LOS INMUEBLES Sección 1ª. Deberes generales de conservación de los bienes inmuebles. Artículo 48.- Obligaciones de conservación. Artículo 49.- Contenido del deber de conservación. Artículo 50.- Condiciones mínimas de seguridad, salubridad y ornato. Artículo 51.- Colaboración municipal. Artículo 52.- Ordenes de ejecución para la conservación. Artículo 53.- Contribución de los inquilinos al deber de conservación. Sección 2ª. Conservación específica del patrimonio catalogado. Artículo 54.- Declaración de utilidad pública. Artículo 55.- Alcance de la catalogación. Sección 3ª. Conservación específica y ocupación temporal de solares. Artículo 56.- Contenido del deber de conservación. CAPÍTULO V. ESTADO RUINOSO DE LAS EDIFICACIONES Sección 1ª. Declaración de ruina. Artículo 57.- Procedencia de la declaración. Artículo 58.- Declaración de ruina. Artículo 59.- Procedimiento de declaración de ruina. CAPÍTULO VI. FOMENTO DE LA EDIFICACIÓN Artículo 60.- Plazos para el cumplimiento de los deberes urbanísticos. TÍTULO IV. DIVISIÓN URBANÍSTICA DEL TERRITORIO MUNICIPAL Y RÉGIMEN GENERAL DEL SUELO CAPÍTULO I. DIVISIONES URBANÍSTICAS DEL SUELO Artículo 61.- División del suelo en razón de su clasificación. Artículo 62.- División del suelo en razón de su calificación. Artículo 63.- División del suelo en razón de su ordenación detallada. Artículo 64.- División del suelo en razón de la gestión urbanística. CAPÍTULO II. INCIDENCIA DEL PLANEAMIENTO SOBRE LAS SITUACIONES PREEXISTENTES Artículo 65.- Situaciones fuera de ordenación. Artículo 66.- Obras autorizadas en los edificios fuera de ordenación. CAPÍTULO III. RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO Artículo 67.- Disposición General. Artículo 68.- Actuaciones previas al desarrollo de los sectores del Suelo Urbanizable. Artículo 69.- Requisitos para la edificación simultánea a la urbanización del Suelo Urbanizable. Artículo 70.- Requisitos para la edificación simultánea a la urbanización en el Suelo Urbano. Artículo 71.- Vinculación de las determinaciones en los ámbitos de ordenación directa y de planeamiento diferenciado. TÍTULO V. RÉGIMEN DE USOS CAPÍTULO I. DETERMINACIONES GENERALES Artículo 72.- Definición de uso urbanístico. Artículo 73.- Clasificación de usos. Artículo 74.- Agrupamiento de los usos. CAPÍTULO II. USO DE PRODUCCIÓN DE RECURSOS PRIMARIOS Artículo 75.- Definición y clases. CAPÍTULO III. PRODUCCIÓN INDUSTRIAL Artículo 76.- Definición y clases. CAPÍTULO IV. ALMACENES Y COMERCIO MAYORISTA Artículo 77.- Definición y clases. CAPÍTULO V. EQUIPAMIENTO Artículo 78.- Definición y clases. CAPÍTULO VI. TERCIARIO Artículo 79.- Definición y clases. CAPÍTULO VII. RESIDENCIAL Artículo 80.- Definición y clases. CAPÍTULO VIII. ESPACIOS AJARDINADOS Artículo 81.- Áreas libres. Artículo 82.- Instalaciones y construcciones permitidas en los espacios ajardinados adscritos al Sistema General de Espacios Libres. Artículo 83.- Instalaciones y construcciones permitidas en los espacios ajardinados adscritos al Sistema Local de Espacios Libres. CAPÍTULO IX. COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Artículo 84.- Definición y clases. Artículo 85.- Condiciones constructivas de los estacionamientos cubiertos de vehículos. CAPÍTULO X. INFRAESTRUCTURAS BÁSICAS Artículo 86.- Definición y clases. CAPÍTULO XI. OTROS USOS Artículo 87.- Otros usos. TÍTULO VI. NORMAS GENERALES DE LA EDIFICACIÓN CAPÍTULO I. DETERMINACIONES GENERALES Sección 1ª. Definiciones básicas. Artículo 88.- Definiciones de parámetros urbanísticos y edificatorios. Artículo 89.- Definición de parcela y edificación. Sección 2ª. Tipos edificatorios básicos. Artículo 90.- Clases. Sección 3ª. Sistemas de ordenación. Artículo 91.- Definición y clases. CAPÍTULO II. PARÁMETROS URBANÍSTICOS Artículo 92.- Superficie edificable total. Artículo 93.- Superficie edificada total. Artículo 94.- Aprovechamientos urbanísticos lucrativos del Suelo Urbano y Urbanizable. Artículo 95.- Coeficiente de edificabilidad. Artículo 96.- Densidad residencial. CAPÍTULO III. PARÁMETROS EDIFICATORIOS Sección 1ª. Parámetros y condiciones de la parcela edificable. Artículo 97.- Linderos. Artículo 98.-...

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