ORDEN FORAL 17/2004, de 21 de enero, en relación con expediente de Modificación del Plan Parcial del Sector Este1 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Salvatierra.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 18 de Febrero de 2004 , * B.O.T.H.A. Num. 21I- DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Órdenes ForalesDEPARTAMENTO DE URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE Ref. 504ORDEN FORAL 17/2004, de 21 de enero, en relación con expediente de Modificación del Plan Parcial del Sector Este1 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Salvatierra. ANTECEDENTES Primero.- Mediante Decreto del Alcalde de 15 de septiembre de 2003, el Ayuntamiento de Salvatierra acordó la aprobación inicial del Plan Parcial del Sector Este1 de Salvatierra, así como someter el expediente a información pública por el plazo de quince días, hecho que fue practicado mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava número 116 de fecha 6 de octubre de 2003, en los diarios El Correo de 18 de septiembre de 2003 y Berria de 20 de septiembre de 2003 y notificación personal a los propietarios. Segundo.- Durante el período de información pública fue presentada una alegación suscrita por María Mercedes, María Begoña y Jesús María Olalde Eguino. Tras ser informada por los servicios técnicos del Ayuntamiento de Salvatierra, el Pleno, en sesión del día 3 de noviembre de 2003, acordó estimar parcialmente la alegación, aprobar provisionalmente el expediente y remitirlo a la Diputación Foral de Álava, para su aprobación definitiva, donde tuvo entrada el día 26 de noviembre de 2003. FUNDAMENTOS Primero.- El presente expediente modifica en su totalidad el plan parcial del Sector Este1 aprobado definitivamente el 6 de marzo de 2002, mediante la Orden Foral número 175/02, del Diputado de Obras Públicas y Urbanismo. Segundo.- Tras el análisis de la documentación aportada, se ha comprobado que cumple los requisitos, de contenido material y formal, establecidos en la legislación urbanística y en las Normas Subsidiarias vigentes. Tercero.- No obstante lo anterior, el Plan plantea una nueva conexión con la carretera A-3016. A este respecto, ha emitido el pertinente informe el órgano competente en la materia, del que hay que considerar lo siguiente: 1- Deberá eliminarse la conexión del ámbito con la carretera A-3016 que se sitúa en la misma intersección de dicha carretera con la calle Fueros. En consecuencia, el vial interior de conexión finalizará en fondo de saco o de prolongará en línea recta hasta la carretera A-3016. 2- Se suprimirá la rotonda...

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