Bases específicas para regular las subvenciones a grupos deportivos 2014.

SecciónAdministración Local del Territorio Histórico de Bizkaia
EmisorPatronato Municipal de Deportes (Bermeo)

Bases específicas para regular las subvenciones a grupos deportivos 2014.

La Junta Rectora del Patronato Municipal de Deportes de Bermeo en la reunión celebrada el 4 de junio de 2014 aprobó las bases especificas para la adjudicación de subvenciones generales para el año 2014 a grupos deportivos y/o asociaciones y los criterios para la concesión de subvenciones para actividades puntuales, de la forma siguiente:

BASES ESPECÍFICAS PARA REGULAR LAS SUBVENCIONES .

A GRUPOS DEPORTIVOS 2014 .

Artículo 1 Objeto.

Es objeto de estas bases específicas la regulación de la adjudicación de subvenciones a grupos deportivos y/o asociaciones sin ánimo de lucro que el Ayuntamiento de Bermeo, por medio del Patronato Municipal de Deportes, estime susceptibles de percibir las mismas. Las subvenciones se concederán para que dichos grupos y/o asociaciones prosigan impulsando el deporte, complementando o sustituyendo las actividades municipales en 2014.

Las subvenciones, en la medida en que lo permitan los presupuestos, se repartirán anualmente, en virtud de las actividades ordinarias realizadas.

Artículo 2 Previsiones presupuestarias.

La cantidad máxima de las subvenciones reguladas por estas bases específicas se fijarán cada año en las partidas y consignaciones asignadas al presupuesto. Crédito de 2014: 15.000 euros.

Artículo 3 Criterios generales.
  1. Las subvenciones serán voluntarias y de carácter periódico. La concesión una vez de la subvención no devengará en obligación para el Ayuntamiento, y no otorga derechos para otros años ni sentará precedente.

  2. El Ayuntamiento podrá, en cualquier momento, reducir o quitar la cantidad, a excepción de las cláusulas perjudiciales.

  3. La subvención no podrá ser ampliada ni revisada (no cabrá reclamación alguna).

Artículo 4 Solicitantes.

Las subvenciones dispuestas en estas bases específicas podrán solicitarse por cualquier persona jurídica que cumpla los siguientes requisitos:

  1. Tener la sede en Bermeo y desarrollar sus actividades más importantes en este municipio. Asimismo, deberán estar constituidos en virtud de la legislación vigente e inscritos en el Registro de Grupos y Asociaciones Deportivas del Gobierno Vasco.

  2. Ser entidades sin ánimo de lucro.

  3. En caso de que haya recibido alguna vez subvención del Patronato de Deportes, tener justificados los gastos realizados contra dicha subvención.

  4. Deberán acreditar en el momento de la solicitud de la subvención estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Este punto será certificado por el Ayuntamiento de Bermeo.

  5. Disponer de código de identificación fiscal y estar al corriente en sus obligaciones fiscales y frente a las Seguridad Social.

  6. Ningún jugador perteneciente a los grupos y/o asociaciones receptoras de subvención podrá percibir remuneración económica alguna por la práctica del deporte, salvo aquellos que realicen cursos para el fomento del deporte en el municipio.

  7. Los grupos que se presenten deberán de autofinanciarse al menos en un 30% de su presupuesto.

Artículo 5 Criterios de valoración.

Para la concesión de subvenciones generales y para fijar las cantidades económicas, se atenderá la concurrencia de solicitudes de acuerdo a los criterios para la subvención, a saber:

  1. Por equipo federado:

    - Por cada uno en competiciones provinciales: 10 puntos.

    - Por cada uno en competiciones autonómicas: 20 puntos.

    - Por cada uno en competiciones estatales: 30 puntos.

  2. Por deportista federado/a con domicilio en Bermeo:

    - Deportes individuales: 02 puntos.

    - Deportes colectivos: 01 puntos.

    - Por cada deportista en la selección de Euskadi: 01 puntos.

    - Por cada deportista en alguna selección superior a la de Euskadi: 02 puntos.

  3. Por cada entrenador:

    - Por cada titulación de ciclo inicial de grado medio o nivel I: 03 puntos.

    - Por cada titulación de ciclo final de grado medio o nivel II: 06 puntos.

    - Por cada titulación de grado superior o nivel III: 10 puntos.

  4. Por organización de actividades deportivas dirigidas a la participación activa de todos los vecinos: cada actividad que no ha sido subvencionada por el Patronato Municipal de Deportes o por el Ayuntamiento se valorará con: 2 puntos.

  5. Por la colaboración con colegios en actividades de impulso del deporte: cada actividad se valorará con: 2 puntos.

  6. Por la colaboración con del Patronato Municipal de Deportes de Bermeo en actividades de impulso del deporte: cada actividad se valorará con: 2 puntos.

  7. Se puntuará el 25 % de los federados de cada club que deban utilizar obligatoriamente el Polideportivo de Arene.

Artículo 6 Solicitudes y plazo de presentación.

Las solicitudes para las subvenciones generales deberán dirigirse al presidente del Patronato de Deportes y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en el del Patronato de Deportes, de acuerdo al artículo 38 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contados a partir de la publicación de estas bases en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

Asimismo, deberán presentarse los siguientes documentos (los Anexos en euskera):

  1. Instancia de solicitud debidamente cumplimentada (Anexo 1).

  2. Copia del CIF y de los estatutos del club si no los han presentado con anterioridad.

  3. Certificado de la SS y de Hacienda conforme la entidad deportiva está al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social.

  4. Memoria descriptiva de las actividades realizadas el año anterior. La extensión máxima de este apartado no debe exceder de 4 páginas. Los clubes de deportes colectivos deben especificar también cuantos equipos tienen y la categoría de la competición donde...

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