Orden Foral 294/2007 de 12 de julio, que aprueba las Normativas que regulan el Deporte Escolar, campaña 2007-2008 a través de centros educativos y entidades sin ánimo de lucro

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Cultura, Juventud y Deportes
Rango de LeyOrden foral

De acuerdo con lo señalado en la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco, corresponde a los órganos forales de los territorios históricos en su respectivo ámbito territorial el desarrollo normativo y la ejecución, ésta última en coordinación con la administración municipal, de la normativa de la Comunidad Autónoma en materia de deporte escolar. Así mismo, dicha Ley faculta la aprobación por los órganos forales de los programas de deporte escolar.

En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen.

DISPONGO:

Primero. Aprobar el Programa de Deporte Escolar 2007-2008 y las distintas normativas que regulan el deporte escolar en el Territorio Histórico de Álava y que a continuación se detallan: - Programa de Deporte Escolar para centros educativos y entidades sin ánimo de lucro del Territorio Histórico de Álava (Anexo I). - Normativa que regula las actividades de iniciación deportiva unideportiva o polideportiva y de recreación escolar (Anexo II). - Normativa que regula las actividades de las Escuelas Deportivas (Anexo III). - Normativa que regula los Juegos Escolares Deportivos de Álava (Anexo IV). - Normativa que regula la participación de entidades colaboradoras (Anexo V). - Normativa de inscripción en la Campaña de Deporte Escolar (Anexo VI). - Normativa de desplazamientos a realizar por las entidades sin ánimo de lucro (Anexo VII). - Normativa que regula los permisos y causas especiales dentro de la Campaña de Deporte Escolar (Anexo VIII). - Procedimiento de concesión de autorizaciones para la organización de actividades deportivas realizadas por deportistas en edad escolar no incluidas en el Programa 2007-2008 (Anexo IX). - Normativa que regula las actividades de técnificación de los deportistas escolares (Anexo X).

Segundo. Publicar las presentes Normativas en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava.

Vitoria-Gasteiz, a 12 de julio de 2007.- El Diputado de Cultura, Juventud y Deportes, FEDERICO VERASTEGUI COBIAN.

Anexo I a la Orden Foral

PROGRAMA DE DEPORTE ESCOLAR DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA. ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO CAMPAÑA 2007-2008

Tal y como se establece en la Ley 14/1998 del Deporte del País Vasco y en el Decreto 160/1990, de 5 de junio, del Gobierno Vasco, sobre Deporte Escolar, corresponde a la Diputación Foral de Álava la elaboración, aprobación y ejecución de programas anuales de deporte escolar, de acuerdo a las directrices que en dichas disposiciones se contienen. 1.- OBJETO

Se considera como Deporte Escolar, en función de lo marcado en la Ley 14/1998, de 11 de Junio, del Deporte del País Vasco, aquella actividad deportiva organizada que es practicada por escolares en horario no lectivo durante el periodo de escolarización obligatorio.

En las primeras edades de la práctica del Deporte Escolar, (categorías pre-benjamín y benjamín) ésta será preferentemente polideportiva y no orientada exclusivamente a la competición, de tal manera que se garantice que toda la población escolar conozca y desarrolle la práctica de diversas modalidades deportivas de acuerdo con su voluntad, aptitud física y edad.

Las actividades estarán orientadas a complementar la educación escolar integral, al desarrollo armónico de la personalidad, a la conse-

cución de unas condiciones físicas y de salud y a una formación que posibilite la práctica continuada del deporte en edades posteriores.

La práctica deportiva en edad escolar se estructura básicamente a través de los centros escolares con la colaboración de sus asociaciones de padres/madres de alumnos y la participación activa del seminario de Educación Física del Centro. Asimismo se autorizará en ciertos casos la participación de los clubes, agrupaciones deportivas, etc.

Las federaciones deportivas serán las entidades básicamente encargadas de la asistencia técnica y colaboración en la organización y ejecución de los programas de competición de Deporte Escolar.

Las Entidades Locales colaborarán, fundamentalmente mediante la cesión de uso de los equipamientos deportivos municipales, a los centros escolares y Federaciones Deportivas Alavesas para la satisfactoria ejecución del programa de Deporte Escolar.

Los Entes Locales, conscientes de las necesidades de posibilitar el máximo aprovechamiento de las instalaciones deportivas escolares para los programas de deporte escolar, principalmente cederán los espacios deportivos municipales en los siguientes supuestos: Insuficiencia de instalaciones por el gran número de participantes, o por necesidades de espacios deportivos específicos.

De acuerdo a las características especiales de cada colectivo, se da cabida a las distintas actividades, considerando prioritarias las encaminadas a una amplia participación y formación técnica y físicodeportiva.

La integración de los/las escolares con minusvalías en el sistema educativo normalizado, debe tener reflejo posibilitando, en tanto sea factible, la realización de practicas deportivas con sus compañeros de estudio. A tal fin se van a ir acomodando el contenido de las normativas a las necesidades de estos escolares con el fin de que la integración de estos escolares sea un hecho.

Los Centros Escolares podrán propiciar la colaboración con los Clubes deportivos de la zona, de forma que en las primeras edades se produzca una participación de los servicios técnicos de los clubes deportivos en los procesos de iniciación deportiva de los escolares, de acuerdo con los objetivos educativos fijados por el centro escolar.

Asimismo, los centros educativos deberán propiciar que, en determinadas edades y de acuerdo a las características de cada modalidad deportiva, los escolares puedan acceder a los clubes deportivos, como garantía de continuidad en la práctica deportiva, bien sea de federada o recreativa, una vez finalizado el período de escolarización. 2.- COMPETENCIAS

Corresponde a la Diputación Foral de Álava la elaboración, aprobación y ejecución de programas anuales de deporte escolar. No obstante, siempre que se cumplan los requisitos que se establezcan reglamentariamente, el Departamento de Cultura, Juventud y Deportes de la Diputación Foral de Álava podrá autorizar la organización de competiciones deportivas, no contempladas en el programa de Deporte Escolar, para los escolares nacidos con posterioridad al año 1994 inclusive, la participación de los mismos en competiciones federadas y el desarrollo de unidades de tecnificación federada en algunas modalidades deportivas. 3.- CATEGORÍAS, EDADES Y ÁMBITOS DE APLICACIÓN

4.- ESTRUCTURAS PARTICIPATIVAS 4.1.- Los Centros Educativos, reconocidos por el Departamento de Educación del Gobierno Vasco, y que, radicados en el Territorio Histórico de Álava, impartan Enseñanzas oficiales en la etapa correspondiente a la enseñanza obligatoria.

Los Centros Educativos podrán realizar la oportuna inscripción directamente o a través de Entidades sin ánimo de lucro vinculadas a las mismas (A.P.A.s, Asociaciones, Clubes, etc.), todas ellas legalmente constituidas y registradas en los correspondientes Departamentos del Gobierno Vasco

CATEGORÍA AÑO DE NACIMIENTO ÁMBITO DE APLICACIÓN
PRE-BENJAMIN 2000 Y 2001 CENTRO ESCOLAR
BENJAMÍN 1998 Y 1999 LOCAL Y/O COMARCAL
ALEVÍN 1996 Y 1997 T. H. ÁLAVA
INFANTIL 1994 Y 1995 T. H. ÁLAVA
CADETE 1992 Y 1993 T. H. ÁLAVA
JUVENIL 1990 Y 1991 T. H. ÁLAVA
4.2.- Las Entidades sin ánimo de lucro (clubes, agrupaciones deportivas, asociaciones, federaciones, fundaciones deportivas etc.), debidamente constituidas y registradas en los correspondientes Departamentos del Gobierno Vasco, radicadas en el Territorio Histórico de Álava, podrán tomar parte en la Campaña de Deporte Escolar 2007-2008 en las modalidades y categorías que expresamente se autoricen. 5.- DURACIÓN DEL PROGRAMA

La Campaña de Deporte Escolar se desarrollará entre los días 1 de Septiembre de 2007 y el 31 de Agosto de 2008.

No obstante, el Departamento de Cultura, Juventud y Deportes de la Diputación Foral de Álava podrá autorizar u organizar actividades con fecha de inicio y fin diferente a las señaladas. 6.- NORMATIVAS DE DESARROLLO DEL PROGRAMA DE DEPORTE ESCOLAR PARA CENTROS EDUCATIVOS Y ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO

- Normativa que regula las actividades de iniciación deportiva unideportiva o polideportiva y de recreación (Anexo 2)

Se consideran escuelas de iniciación deportiva unideportivo o polideportiva y de recreación aquellas actividades de enseñanza deportiva que faciliten la educación integral de los escolares inscritos, de manera que se enriquezca la formación deportiva tanto en su vertiente formativa como recreativa.

- Normativa que regula las Actividades de las Escuelas de promoción Deportiva (Anexo 3)

Con el fin de regular la participación en las "Escuelas de Promoción Deportiva", dentro de la Campaña de Deporte Escolar, a desarrollar en el Territorio Histórico de Álava durante el curso escolar 2007-2008

- Normativa que regula los Juegos Escolares Deportivos de Álava (Anexo 4)

Se consideran Juegos Escolares Deportivos de Álava todas aquellas competiciones escolares oficiales organizadas por el Departamento de Cultura, Juventud y Deportes de la Diputación Foral de Álava, y que se desarrollen en el Territorio Histórico de Álava

- Normativa que regula la participación de Entidades Colaboradoras (Anexo 5)

Al objeto de poder dar una cobertura técnica al desarrollo de las actividades a desarrollar en el Programa de Deporte Escolar Campaña 2007-2008, se cuenta con la colaboración de aquellas Entidades sin ánimo de lucro y de contrastada experiencia en el ámbito de la organización deportiva, técnica, formativa etc.

- Normativa de inscripción en la Campaña de Deporte Escolar (Anexo 6)

Todas las Entidades que deseen participar en el Programa...

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