Orden Foral 242/2009, de 11 de mayo, de Aceptación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden Foral nº 166/2009, de 26 de marzo, del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial, por la que se aprobó definitivamente el expediente de modificación del Plan Especial de Rehabilitación Integrada de Laguardia, referente a las unidades edificatorias 14-02 y 14-03.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local y Equilibrio Territorial
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 242/2009, de 11 de mayo, de Aceptación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la Orden Foral nº 166/2009, de 26 de marzo, del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial, por la que se aprobó definitivamente el expediente de modificación del Plan Especial de Rehabilitación Integrada de Laguardia, referente a las unidades edificatorias 14-02 y 14-03.

  1. ANTECEDENTES

    Mediante Orden Foral nº 166/2009, de 26 de marzo, del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial, se aprobó definitivamente el expediente de modificación del Plan Especial de Rehabilitación Integrada de Laguardia, referente a las unidades edificatorias 14-02 y 14-03.

    La ejecutoriedad de la citada Orden Foral, no obstante, quedó condicionada a la introducción en el expediente de las modificaciones que se señalaban en la misma.

    Con fecha 21 de abril de 2009, el Ayuntamiento de Laguardia ha remitido a la Diputación el texto refundido del expediente a fin de que sea declarada la ejecutoriedad del mismo.

  2. FUNDAMENTOS

    Analizada la documentación aportada se comprueba que ha dado cumplimiento a las modificaciones impuestas en la primera Orden Foral mencionada.

    En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen,

    DISPONGO:

    Primero.- Dar por cumplidas las condiciones impuestas en la Orden Foral nº 166/2009, de 26 de marzo, del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial, por la que se aprobó definitivamente el expediente de modificación del Plan Especial de Rehabilitación Integrada de Laguardia, referente a las unidades edificatorias 14-02 y 14-03.

    Segundo.- Publicar la presente resolución en el BOTHA. Tercero.- Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los particulares cualquiera de los siguientes recursos, sin perjuicio de cualquier otra medida que se estime procedente; respecto de las determinaciones que supusieran modificación en relación con las aprobadas definitivamente.

    1. Directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la notificación o publicación del acto, ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

    2. Potestativamente, y, con carácter previo al recurso citado, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la notificación o publicación de la misma.

    Vitoria-Gasteiz, 11 de mayo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR