Decreto Foral 66/2010, del Consejo de Diputados de 30 de diciembre, que aprueba el Plan de racionalización de los recursos humanos para el personal del puesto de Auxiliar de Juventud

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Euskera, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto foral

Las Administraciones Públicas forman parte de un sistema social y político que evoluciona con el tiempo, debiendo responder a los cambios de su entorno, modificando su organización y estructura.

Son varios los cambios que se vienen produciendo desde hace unos años en la estructura de las administraciones: - Implantación de las aplicaciones informáticas a los sistemas de gestión y tramitación. - El incremento cuantitativo y cualitativo de las gestiones, trámites, consultas y servicios que los ciudadanos efectúan ante la administración en correspondencia con el aumento de recursos públicos al servicio de los ciudadanos. - La exigencia de los ciudadanos de ser atendidos de forma eficaz. - El compromiso asumido por los poderes públicos de construir una Administración racional y eficiente.

Mediante Decreto Foral 55/06, se aprobaron los nuevos niveles retributivos del personal al servicio del Instituto Foral de la Juventud, producto de la aplicación de la Valoración de Puestos de Trabajo realizada en el ámbito de dicho organismo.

En este proceso de valoración, se establecieron las funciones del puesto de Auxiliar de Juventud, fundamentadas en tareas administrativas de apoyo a los técnicos de juventud y de atención al público.

Sin embargo, la evolución del desempeño de los trabajos y la adaptación a un entorno cultural y tecnológico más complejo, ha derivado con el paso del tiempo en una realidad en la que parece más de aplicación a las tareas que realmente se desempeñan en el puesto, funciones administrativas, análogas a las realizadas por otras categorías de administración existentes en el ámbito del Instituto Foral y tomando también como referencia la Ley de Funcionarios Civiles del Estado en lo que establece para el Cuerpo Administrativo.

El artículo 22 de la Ley 6/89, de la Función Pública Vasca, en consonancia con el artículo 18 de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, establece que las Administraciones Públicas Vascas, de acuerdo con su capacidad de autoorganización y mediando negociación con la representación del personal, podrán adoptar programas de racionalización de los recursos humanos adaptados a sus especialidades, que contendrán de forma conjunta las actuaciones a desarrollar para la óptima utilización de los recursos humanos en el ámbito a que afecten, dentro de los límites presupuestarios y de acuerdo con las directrices de política de personal que fijen sus órganos de Gobierno.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, las Admi -nistraciones Públicas podrán aprobar Planes para la ordenación de sus recursos humanos, que incluyan, entre otras, la convocatoria de concursos de provisión de puestos limitados a personal de ámbitos que se determinen, así como medidas de promoción interna y de formación del personal.

También, el artículo 92 del Convenio Colectivo del IFJ establece que los y las trabajadoras podrán acceder, mediante promoción interna a categorías superiores a la que pertenezcan, siempre que reúnan los requisitos establecidos.

En base a todo lo expuesto, con fecha 27 de septiembre de 2010, el Consejo de Administración del Instituto Foral de la Juventud, acordó la elaboración de un Plan de Racionalización de Recursos Humanos del Instituto Foral de la Juventud que contemple el proceso de promoción...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR