DECRETO FORAL 62/2004, del Consejo de Diputados de 26 de octubre, que modifica el Decreto Foral 45/2004, de 22 de junio, regulador de la estructura del Consejo Territorial de Caza de Álava.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 8 de Noviembre de 2004 , * B.O.T.H.A. Num. 129I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Ref. 6.832DECRETO FORAL 62/2004, del Consejo de Diputados de 26 de octubre, que modifica el Decreto Foral 45/2004, de 22 de junio, regulador de la estructura del Consejo Territorial de Caza de Álava. El ordenamiento jurídico general, la Constitución Española de 6 de diciembre de 1978, en su Artículo 148.1.11ª, la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, en su Artículo 10.10 y la Ley del Parlamento Vasco 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Organos Forales de sus Territorios Históricos (LTH), en su Artículo 7°.b.3, delimita el ámbito competencial en materia de caza, correspondiendo a los Organos Forales las competencias de desarrollo y ejecución en materia de régimen de aprovechamiento de la riqueza piscícola continental y cinegética. El ordenamiento jurídico sectorial, la Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza, en su Artículo 39, el Decreto 506/1971, de 25 de marzo, que aprueba el Reglamento de la Ley 1/1970 y la Ley del Parlamento Vasco 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, en su Artículo 74, establece la constitución de los Consejos de Caza. El Decreto Foral 127/2003, del Diputado General, de 9 de julio, aprobó la estructura de la Diputación Foral de Álava, en la que las funciones y áreas de montes, flora y fauna se atribuían al Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente. En virtud de dichas disposiciones anteriores, el Decreto Foral 45/2004, del Consejo de Diputados, de 22 de junio, aprobó la estructura del Consejo Territorial de Caza de Álava. La Norma Foral 8/2004, de 14 de junio, de Caza del Territorio Histórico de Álava, que entró en vigor el 13 de julio de 2004, establece en su Artículo 33 la existencia del Consejo Territorial de Caza como órgano asesor del Departamento competente de la Diputación Foral de Álava (Artículo 33.1) e indica que en su composición se integrarán representantes de las Asociaciones relacionadas con la actividad cinegética en Álava, de la Federación Territorial de Caza de Álava y de otros sectores afectados por la actividad cinegética en el Territorio Histórico (Artículo 33.2). Dado que en la composición del Consejo...

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