DECRETO FORAL 3/2003, del Consejo de Diputados de 21 de enero, que regula el régimen de indemnizaciones de los daños causados al ganado por los buitres leonados, en el Territorio Histórico de Álava.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 7 de Febrero de 2003 , * B.O.T.H.A. Num. 15I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Decretos Forales del Consejo de DiputadosRef. 500DECRETO FORAL 3/2003, del Consejo de Diputados de 21 de enero, que regula el régimen de indemnizaciones de los daños causados al ganado por los buitres leonados, en el Territorio Histórico de Álava. Ante los eventuales daños que los buitres puedan causar al ganado doméstico procede regular la indemnización que palíe por parte de la Diputación Foral de Álava el posible daño causado. El buitre leonado (Gyps fulvus) es una especie incluida en el Anexo I de la Directiva 79/409/CEE, de 2 de abril de 1979, relativa a la Conservación de las Aves Silvestres y por Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, se incluyó en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. En el País Vasco fue declarada de Interés Especial por el Decreto 167/1996, de 9 de julio, por el que se Regula el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestres y Marina. El buitre es una especie necrófaga y sólo en ocasiones perentorias de necesidad alimenticia parece haber atacado a animales aislados moribundos o debilitados que presentaban aparentes pérdidas de sangre, por lo general en momentos inmediatamente posteriores al parto. De acuerdo con los principios que inspiran la responsabilidad administrativa, y ya que no se trata de lesiones que sean consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, debería ser la Administración competente para declarar una especie amenazada quien asumiera las indemnizaciones correspondientes a las lesiones que causare la especie declarada. Sin embargo, no habiéndose proveído hasta el momento ninguna disposición compensatoria de daños causados por especies que han sido declaradas amenazadas en la demarcación administrativa que nos atañe y ante la situación de inquietud que sucesos esporádicos de ataque de buitres producen en los propietarios de ganado en Álava, la Diputación Foral considera oportuno, aunque sea temporalmente hasta que se produzca una situación de justicia indemnizatoria por parte del Órgano competente para declarar esta especie amenazada, subvenir a esta situación singular asumiendo una indemnización que, como se ha dicho, mitigue el posible daño causado. También, de acuerdo con los principios que inspiran la responsabilidad...

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