Decreto Foral 44/2008, del Consejo de Diputados de 20 de mayo, que aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento de Política Social y Servicios Sociales.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

En la Administración Foral la competencia para establecer la organización administrativa la tiene atribuida el Consejo de Diputados de la Diputación Foral de Álava, en virtud de lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía del País Vasco, la Ley de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos, la Ley reguladora de las bases del régimen local y la normativa institucional aprobada por las Juntas Generales.

En el ejercicio de esta capacidad se aprobó la Norma Foral 52/1992, de 18 de diciembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación, a cuyo amparo el/la Diputado/a General, por Decreto Foral 186/2007, de 8 de agosto, ha establecido los Departamentos en que se estructura la Diputación Foral de Álava y las materias que les corresponden.

Así, el Departamento de Política Social y Servicios Sociales. ejerce las siguientes funciones y áreas de competencia: Tercera Edad, Discapacidad, Infancia y Familia, Servicios Sociales de Base, Prestaciones Económicas y las demás que le señale el ordenamiento jurídico.

La actividad administrativa sobre estas materias se desarrolla en el marco de las potestades y atribuciones establecidas con carácter general para los Departamentos en los artículos 38, 40, 70 y 73 y concordantes de la Norma Foral de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación Foral.

Fijado el ámbito material del que es responsable y competente el Departamento de Política Social y Servicios Sociales, el presente Decreto Foral, teniendo en cuenta los informes emitidos al respecto, establece la estructura del mismo que se considera precisa para el buen desarrollo de la actividad administrativa y de gestión, definiendo los servicios y correspondientes funciones.

Hoy en día, la transformación de los modelos familiares, los nuevos roles desempeñados por las mujeres, los avances en el campo de la salud, el aumento de la esperanza de vida, la reestructuración del mercado laboral, los procesos de dualización social, el incremento de la inmigración, han hecho aparecer nuevas necesidades sociales que requieren de nuevas respuestas.

Para ello debemos desarrollar un sistema de servicios sociales de responsabilidad pública que garantice el carácter universal de los recursos sociales, y ofrecer una atención personalizada y ajustada a las necesidades, las preocupaciones y demandas de toda y cada una de las personas de este territorio.

En virtud de todo ello, a propuesta de la Diputada Foral titular del Departamento de Política Social y Servicios Sociales, previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión celebrada en el día de la fecha,

DISPONGO

Artículo 1º Funciones y competencia.

El Departamento de Política Social y Servicios Sociales ejercerá las funciones en las materias cuya competencia le atribuye el Decreto Foral del Diputado General 186/2007, de 10 de agosto, por el que se determinan los distintos Departamentos de la Diputación Foral de Álava, de conformidad con lo establecido en los artículos siguientes.

Artículo 2º Organización departamental.

Para el ejercicio de las competencias...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR