Decreto Foral 36/2011, del Consejo de Diputados de 19 de abril, que crea el Catálogo de Reservas Forestales de Álava.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Agricultura
Rango de LeyDecreto foral

La Norma Foral de Montes de Alava 11/2007, de 26 de marzo, publicada en el BOTHA nº 44 del 13 de abril de 2007, establece en su Artículo 20.6 Declaración de utilidad pública de los montes: 6. En aquellas zonas de montes declarados de utilidad pública que sustenten bosques o sistemas de elevado valor forestal, por su desarrollo, adecuación a la estación y belleza estética o paisajística, la Diputación Foral de Álava podrá establecer reservas forestales que garanticen la permanencia del bosque o sistema objeto de protección.

Nace así como una nueva figura de protección la de "Reserva Forestal" que el presente Decreto Foral viene a desarrollar. A tal fin, se crea el Catálogo de Reservas Forestales del Territorio Histórico de Álava y se establecen el procedimiento de inclusión o exclusión de bosques o sistemas forestales en el citado Catálogo, los requisitos para la catalogación de un espacio como Reserva Forestal y los efectos que se derivan de esa catalogación.

La aportación de los Montes de Utilidad Pública de Álava a la Conservación de la Naturaleza y de su Biodiversidad asociada está bien demostrada, ya que los montes públicos sustentan cerca del 90 por ciento de la superficie incluida en la Red Natura 2000 en Álava. Pero más allá de las figuras de protección de la Naturaleza ya establecidas, existen dentro de los montes públicos alaveses representaciones de bosques naturales, de plantaciones o de otros sistemas forestales no arbóreos que tienen un elevado interés, por lo que para su protección es interesante desarrollar la figura de Reserva Forestal establecida por la Norma Foral 11/2007 de 26 de marzo.

El papel de las comunidades locales y de las actividades rurales tradicionales en la existencia y conservación de muchos de los hábitats y sistemas montanos de elevada biodiversidad es incuestionable, de modo que el reconocimiento explícito de esta labor de conservación, además de obedecer a la satisfacción de una deuda moral, pone en evidencia que para el sostenimiento vivo de muchos de estos sistemas es necesario mantener vivas a las propias comunidades locales que los soportan.

A su vez, estas mismas comunidades locales han desarrollado tradicionalmente un activo papel dentro de las actividades de divulgación de los valores de los sistemas forestales incluidos en los montes alaveses. Garantizar el mantenimiento futuro del acervo forestal debe ser un objetivo de todo el Territorio y debe soportarse sobre el esfuerzo de toda su población. Complementariamente, las medidas de protección que se puedan establecer no deberían impedir el desarrollo de las actividades locales tradicionales que han creado y mantenido los actuales sistemas montanos sostenibles.

Por ello, el Decreto reconoce el papel de los Concejos, Ayuntamientos o Comunidades de Montes propietarios donde se sitúan estos bosques o sistemas constituidos en "Reserva Forestal", ya que señala como preceptiva la conformidad de la Entidad propietaria con la...

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