DECRETO FORAL 70/2000, del Consejo de Diputados de 11 de julio, que apueba las condiciones de empleo del personal funcionario de la Administración General de esta Diputación Foral para los años 2000 y 2001.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 1 de Septiembre de 2000 , * B.O.T.H.A. Num. 101I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Decretos Forales del Consejo de DiputadosI - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Ref. 5.110DECRETO FORAL 70/2000, del Consejo de Diputados de 11 de julio, que apueba las condiciones de empleo del personal funcionario de la Administración General de esta Diputación Foral para los años 2000 y 2001. De acuerdo con lo previsto en la Ley 11/85, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, en los artículos 30 y siguientes de la Ley 9/87, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas (modificada por la Ley 7/1990, de 19 de julio), en el artículo 24 de la Norma Foral 36/1998, de 17 de diciembre, de Ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Álava para el ejercicio de 1999, y en el Decreto Foral 166/1999, de 31 de diciembre, por el que se establece el régimen de prórroga presupuestaria para el año 2000, se ha alcanzado preacuerdo respecto de las condiciones de empleo para los ejercicios 2000 y 2001 del personal de la Administración General de la Diputación Foral de Álava con los representantes de A.I.D.E.A., E.L.A./S.T.V., L.A.B., C.C.O.O. y U.G.T. A propuesta del Diputado Foral del Departamento de Presidencia, visto el Decreto Foral del Consejo de Diputados 49/96, de 2 de abril, por el que se establece la normativa que regula la competencia de los distintos Órganos Forales sobre función pública, y previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión celebrada en el día de hoy DISPONGO: Aprobar las condiciones de empleo del personal funcionario de la Administración General de la Diputación Foral de Alava para los años 2000 y 2001, que se incluyen como Anexo al presente Decreto Foral. Vitoria-Gasteiz, a 11 de julio de 2000.- El Teniente Diputado General, CARLOS SAMANIEGO PÉREZ.- El Diputado Foral titular del Departamento de Presidencia, ALFREDO MARCO TABAR. Anexo ACUERDO DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO PARA LOS AÑOS 2000 Y 2001 DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACION GENERAL DE LA DIPUTACION FORAL DE ÁLAVA. En el marco de negociación del sector de la Administración Foral y Local del País Vasco, se han consensuado determinadas condiciones de empleo del personal de dichas Administraciones para los ejercicios 2000 y 2001. Teniendo en cuenta lo señalado en el párrafo anterior, y lo dispuesto en la Ley 11/85, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, en la Ley 9/87, de 12 de mayo, de Órganos de Representación, en la Norma Foral 36/98, de 17 de diciembre, de Ejecución del Presupuesto, y en...

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