Acuerdo Desestimar Solicitud de Renovación Autorización de Trabajo y Residencia de Ricardo Espinosa López

SecciónAdministración General del Estado
EmisorMinisterio de Administraciones Públicas
Rango de LeyAcuerdo

Acuerdo Desestimar Solicitud de Renovación Autorización de Trabajo y Residencia

D. RICARDO ESPINOSA LÓPEZ D. Francisco Javier Diez Miguel, Director del Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales de la Subdelegación del Gobierno en Álava (P.S. art. 6.2 Orden 7 de noviembre de 1997).

Dispongo: Que no habiendo sido posible notificar a D. RICARDO ESPINOSA LÓPEZ y para que sirva de notificación conforme a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en la redacción dada por la Ley 4/99, por la presente se hace saber al interesado el Acuerdo de Desestimar su Solicitud de Renovación de Autorización de Trabajo y Residencia.

Expediente número 019920080005171

Vista la solicitud presentada por D. RICARDO ESPINOSA LÓPEZ, de nacionalidad COLOMBIANA, para que se le conceda la reno-vación de la autorización de trabajo y residencia, de conformidad con lo previsto en la L.O. 4/2000, de 11 de enero (BOE de 12 de enero), reformada por la L.O. 8/2000, de 22 de diciembre y L.O. 14/2003 de 20 de noviembre (BOE 21 de noviembre) y desarrollada por el R.D. 2393/2004 de 30 de diciembre (BOE 7 de enero de 2005).

ANTECEDENTES

PRIMERO.- Que en la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

SEGUNDO.- Que el solicitante es titular de Autorización de residencia temporal y trabajo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

  1. Que la competencia para conocer y resolver este expediente corresponde a la Subdelegada del Gobierno en Álava, según lo dispuesto en Disposición Adicional Primera del Real Decreto 2393/2004 de 30 de diciembre (BOE de 7 de enero de 2005). II.- Que según lo dispuesto en el art.54 párrafo 3º del R.D. 2393/2004 de 30 de diciembre (BOE de 7 de enero de 2005), no se procederá a la renovación cuando el trabajador, aunque acredite la realización habitual de la actividad para la que se concedió la auto-rización durante un mínimo de seis meses por año, no se encuentre en alguna de las siguientes situaciones: a) Haya suscrito un contrato de trabajo con un nuevo empleador ... y figure en situación de alta o asimilada al alta en el momento de solicitar la renovación. b) Disponga de una nueva oferta de trabajo que reúna los requisitos del artículo 50.

VISTOS los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Subdelegación del Gobierno en Álava

ACUERDA:

  1. - DESESTIMAR la solicitud de...

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