ORDEN FORAL 8/2002, de 10 de enero, del Diputado de Cultura, que aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de actividades destinadas a acercar el Museo de Bellas Artes de Álava y el Museo Artium a los ciudadanos.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 28 de Enero de 2002 , * B.O.T.H.A. Num. 12I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas DEPARTAMENTO DE CULTURA Ref. 177ORDEN FORAL 8/2002, de 10 de enero, del Diputado de Cultura, que aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de actividades destinadas a acercar el Museo de Bellas Artes de Álava y el Museo Artium a los ciudadanos. El Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Álava, dentro del conjunto de actividades que viene desarrollando, ha estimado oportuno la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de actividades destinadas a acercar el Museo de Bellas Artes de Álava y el Museo Artium a los ciudadanos. Vistos los informes preceptivos. En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen y de la delegación conferida por el Diputado General mediante Decreto Foral número 154/99 de 30 de julio, DISPONGO: Primero.- Aprobar la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de actividades destinadas a acercar el Museo de Bellas Artes de Álava y el Museo Artium a los ciudadanos para el ejercicio 2002, con una dotación máxima de 66.111,33 euros. Segundo.- Aprobar las Bases que regirán la presente convocatoria, que quedan unidas al expediente. Tercero.- La partida presupuestaria que ampara este gasto es la 70.1.02.83.00.460.00.01 del Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Álava para 2002. Cuarto.- El estudio y, en su caso, concesión o denegación de ayudas económicas, se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes. Una vez cumplimentados todos los trámites relacionados con cada solicitud se someterán a la consideración al Diputado titular del Departamento quien los resolverá mediante la correspondiente Orden Foral que será motivada. Quinto.- Las resoluciones se dictarán en el plazo de tres meses contados a partir de la fecha de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la petición de subvención. Sexto.- La presente resolución agota la vía administrativa pudiendo interponer, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación de este acto, ante el Diputado Foral titular del Departamento de Cultura o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de este acto, ante la Jurisdicción competente. Séptimo.- La resolución de concesión o denegación de la ayuda será notificada a los/as solicitantes según las forma previstas en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Octavo.- Hacer público el correspondiente anuncio oficial en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava. Vitoria-Gasteiz, a 10 de enero de 2002.- El Diputado Foral titular del Departamento de Cultura, PEDRO DE SANCRISTÓVAL Y MÚRUA. SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DESTINADAS A ACERCAR EL MUSEO DE BELLAS ARTES DE ÁLAVA Y EL MUSEO ARTIUM A LOS CIUDADANOS BASES PRIMERA.- Objeto de la convocatoria Colaborar a la financiación de los gastos ocasionados por actividades destinadas a acercar el Museo de Bellas Artes de Álava y el Museo Artium a los ciudadanos realizadas durante el año 2002, promovidas por Asociaciones o...

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