Orden Foral 64/2010, de 12 de febrero, de aprobación definitiva del expediente de Plan Parcial del SAUR-1 de Gauna, municipio de Iruraiz-Gauna.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local <Br>Y Equilibrio Territorial
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 64/2010, de 12 de febrero, de aprobación definitiva del expediente de Plan Parcial del SAUR-1 de Gauna, municipio de Iruraiz-Gauna.

  1. ANTECEDENTES

    Primero.- Con fecha 5 de junio de 2009 el Ayuntamiento de Iruraiz-Gauna mediante Resolución de la Alcaldía acordó aprobar inicialmente el expediente de Plan Parcial del SAUR-1 de Gauna, así como someter el mismo, a información pública por el plazo de veinte días, hecho que fue practicado mediante anuncios en el BOTHA núm. 74, de 1 de julio de 2009, en el Diario de Noticias de Álava de 1 de julio de 2009 y a la Junta Administrativa de Gauna.

    Segundo.- Durante el periodo de información pública no fue presentada alegación alguna, procediendo el Ayuntamiento, en sesión del día 30 de julio de 2009, a aprobar provisionalmente el expediente y remitirlo a la Diputación Foral de Álava para su aprobación definitiva, donde tuvo entrada el día 19 de agosto de 2009.

    Tercero.- Dada la colindancia del sector con la carretera A-4135 el Director de Equilibrio Territorial dio traslado en fecha 22 de septiembre de 2009, del documento técnico a la Dirección de Obras Públicas y Transportes, quien en fecha 8 de enero de 2010 envió un informe mediante el que manifestaba que se habían incumplido tres condiciones impuestas al sector en la aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias. Tales condiciones se concretaban en las distancias de las zonas de dominio público y servidumbre de la carretera y de las líneas de edificación. Dada su prácticamente nula incidencia en la ordenación propuesta el promotor presentó en fecha 1 de febrero de 2010 la documentación técnica que pretendía cumplir las condiciones antedichas.

  2. FUNDAMENTOS

    Primero. El expediente se dirige a ordenar pormenorizadamente el sector residencial SAUR-1 de Gauna de las Normas Subsidiarias de Iruraiz-Gauna, clasificado por estas como suelo urbanizable sectorizado.

    Segundo. Confrontada la documentación técnica con la legislación urbanística no se ha detectado ninguna confrontación entre ambas.

    Sí por el contrario se advirtieron las pequeñas discrepancias descritas en el punto tercero de los antecedentes. No obstante, en aras de la celeridad y eficacia administrativa, fue aceptada la documentación técnica aportada en fecha 1 de enero de 2010 como mera subsanación de defectos de carácter no sustancial y de trascendencia irrelevante en la ordenación urbanística pormenorizada.

    Analizada esta nueva documentación, se ha comprobado que la misma cumple las condiciones que en su día fueron impuestas en el acto de aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias.

    Tercero. El plan parcial contiene los documentos de contenido sustantivo y formal exigidos en la legislación urbanística y ha sido sometido al trámite señalado en la misma.

    En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen,

    DISPONGO

    Primero.- Aprobar definitivamente el expediente de Plan Parcial del SAUR-1 de Gauna, municipio de Iruraiz-Gauna, promovido por los propietarios del Sector y tramitado por el Ayuntamiento del citado municipio.

    Segundo.- Publicar la presente resolución en el BOTHA. Tercero.- Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los particulares cualquiera de los siguientes recursos, sin perjuicio de cualquier otra medida que estimen procedente en defensa de sus intereses: a) Directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la notificación o publicación del acto, ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

    1. Potestativamente y, con carácter previo al recurso citado, recurso de reposición por los interesados o requerimiento por otras Administraciones, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la notificación o publicación de la misma.

    Vitoria-Gasteiz, 12 de febrero de 2010.- El Diputado de Adminis -tración Local y Equilibrio Territorial, ALFREDO DE MIGUEL AGIRRE.

    ORDENANZAS REGULADORAS

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artº 1 Ámbito territorial de aplicación Las determinaciones del presente Plan Parcial del SAUR 1 de Gauna, tendrán carácter normativo en el ámbito indicado en los planos de Ordenación. La delimitación exacta viene definida por la línea poligonal, cuyos vértices responden a coordenadas relativas en proyección plana, con una superficie total del ámbito de 17.765,61 .

Artº 2 Contenido

Estas Ordenanzas regulan el régimen de cada una de las calificaciones del suelo incluidas en el SAUR 1 de Gauna de las Normas Subsidiarias de Iruraiz-Gauna así como las especificaciones que deberán cumplir los instrumentos de planeamiento que lo desarrollan.

El presente Plan Parcial definirá la división en zonas de la totalidad del Sector, conforme a sus usos prioritarios.

Las ordenanzas se estructurarán en tres grandes apartados: Disposiciones Generales Régimen Urbanístico del Suelo Ordenanzas Particulares por Zonas Artº 3 Obligatoriedad Los diferentes artículos de las presente Ordenanzas deberán aplicarse obligatoriamente a todas y cada una de las actuaciones que se realicen dentro del ámbito del Plan Parcial.

Artº 4 Ejecución

La ejecución del Sector SAUR-1 de Gauna se efectuará en una única unidad de ejecución.

Artº 5 Vigencia

La fecha de entrada en vigencia de las presentes Ordenanzas será el día en el que se publique la aprobación definitiva del Plan Parcial, y su vigencia será indefinida hasta que se apruebe definitivamente otro nuevo que lo abarque.

Artº 6 Documentación

El presente Plan Parcial está compuesto por los siguientes documentos que integran sus determinaciones. * Documento I: Memoria * Documento II: Planos de Información * Documento III: Planos de Ordenación * Documento IV: Ordenanzas Reguladoras * Documento V: Plan de Etapas * Documento VI: Estudio Económico-Financiero"

Para todos aquellos aspectos no regulados en las presentes Ordenanzas les serán de aplicación las Normas Subsidiarias de Iruraiz-Gauna.

Artº 7 Alcance normativo de la documentación

Si bien el contenido normativo del presente proyecto queda definido por el conjunto de documentos enumerados en el artículo anterior, son los Planos de Ordenación, las Ordenanzas Reguladoras y el Plan de Etapas, los que poseen carácter específicamente normativo y de regulación de la actividad urbanística y, por tanto, deberá ajustarse de forma obligada a sus determinaciones.

El resto de los documentos poseen un carácter fundamentalmente informativo o explicativo, por lo que, en caso de contradicción de su contenido con los citados anteriormente, serán aquellos los que prevalezcan.

Artº 8 Instrumentos de ejecución

Los instrumentos de ejecución del presente Plan Parcial serán, el Programa de Actuación Urbanizadora, el Proyecto de Reparcelación, al objeto de regularizar la configuración de las fincas, situando su aprovechamiento en las zonas aptas para la edificación, así como para localizar los espacios rotacionales privados y las parcelas lucrativas a adjudicar al Ayuntamiento en concepto de cesión del 10 por ciento del aprovechamiento; el Proyecto de Urbanización, para la reali-

zación de las obras propias de urbanización; y los Proyectos de Edificación para la ejecución de las construcciones.

Con anterioridad a la obtención de licencia de los diversos proyectos de edificación, se deberá redactar el oportuno Proyecto de Urbanización, conforme a las determinaciones establecidas en el presente Plan Parcial para cada una de las zonas en él definidas.

Lo dispuesto en los párrafos anteriores del presente artículo lo es sin perjuicio de la concurrencia de las autorizaciones que resulten pertinentes en virtud de lo dispuesto en la normativa de carácter sectorial, y concretamente, en las disposiciones reguladoras de Aguas y Carreteras.

Artº 9 Sistema de Actuación

El Sistema de Actuación previsto inicialmente, es el de Concertación.

Artº 10 Obligaciones derivadas del presente Plan Parcial Los compromisos derivados de la ejecución del Plan y que obligarán, tanto, al promotor del plan, a los propietarios de los terrenos incluidos en el ámbito de actuación, así como a los futuros adquirentes de parcelas, como al Ayuntamiento, son los siguientes: 1.- Los espacios dotacionales previstos en el presente Plan Parcial y que integran sistema de comunicaciones viarias, el sistema de espacios libres y zonas verdes de uso y dominio público, tendrán la condición de...

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