Decreto sobre Reorganización de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León (Decreto 2/1989, de 19 de enero)

Publicado enBO Castilla y León de 6 de Febrero 1989
Ámbito TerritorialNormativa de Castilla y León
RangoDecreto

La reorganización de la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, iniciada por los Decretos 152/1987, de 28 de julio y 156/1987, de 30 de julio, y la experiencia adquirida desde la promulgación del Decreto 71/1985, de 18 de julio, de Organización, Funciones y Competencias de la Asesoría Jurídica General, hacen aconsejable la reorganización de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León.

Es propósito del presente Decreto conseguir la más eficaz organización de dichos Servicios, logrando la debida coordinación entre sus órganos, y la necesaria e imprescindible articulación de mecanismos que aseguren la unificación de criterios en materias que son de interés común para toda la Comunidad.

Se concibe la Asesoría Jurídica General como Centro Superior en los asuntos consultivos y contenciosos de la Administración de la Comunidad Autónoma, con competencias directivas y de control sobre los Letrados adscritos a las Delegaciones Territoriales de la misma, así como, sobre las Asesorías Jurídicas de las distintas Consejerías.

Por último y para lograr la más completa profesionalización del Servicio, se estima aconsejable reservar los puestos de trabajo de las Asesorías Jurídicas a los funcionarios pertenecientes a la Escala de Letrados de la Comunidad.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día diecinueve de enero de mil novecientos ochenta y nueve.

DISPONGO:

ARTÍCULO 1

La Asesoría Jurídica General de la Junta de Castilla y León con rango de Dirección General, y encuadrada orgánicamente en la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, es el Centro Superior Directivo en todos los asuntos consultivos y contenciosos en que tenga interés la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Como centro Directivo, ejercerá la dirección de todos los servicios que le estén encomendados, dictará instrucciones precisas para fijar unidad de criterio, y propondrá la resolución correspondiente, o la adoptará por su autoridad, según proceda, en todos los asuntos cuyo conocimiento se le confiere.

ARTÍCULO 2

Forman parte de la Asesoría Jurídica General, su Jefe, con rango de Director General, el Letrado Mayor y los Letrados adscritos a la misma.

ARTÍCULO 3
  1. El Letrado Mayor tendrá a su cargo las funciones de relación con toda clase de organismos oficiales, y el desarrollo de las actividades de asistencia al Jefe de la Asesoría Jurídica General en el ejercicio de sus atribuciones sustituyéndole en los casos de ausencia, vacante o enfermedad.

  2. En particular ejercerá las siguientes funciones:

  1. El régimen interno de la Asesoría Jurídica General.

  2. El seguimiento de los servicios de Asesoría Jurídica General y de las unidades funcionalmente dependientes de la misma.

  3. La gestión de los servicios de registro interior, archivo, biblioteca y documentación del Centro Directivo y de la...

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