Decreto 33/2013, de 21 de junio, de modificación del Decreto 47/2012, de 8 de junio, por el que se crea la Mesa Social Tripartita de las Illes Balears

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

Mediante el Decreto 47/2012, de 8 de junio, se creó la Mesa Social Tripartita de las Illes Balears como nuevo órgano de naturaleza económica y laboral que reúne a las máximas instancias sindicales y empresariales y a las autoridades en materia económica y laboral de la comunidad autónoma.

En el artículo 2.3 del Decreto se regula la composición de la Mesa y en la letra a, en la redacción dada por el Decreto 76/2012, de 21 de septiembre, de modificación del Decreto47/2012, se determinan los miembros natos que se corresponden con órganos de la Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Empleo.

Mediante el Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura orgánica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se determina que el Gobierno de las Illes Balears se estructura en Presidencia, Vicepresidencia y las correspondientes consejerías con responsabilidad ejecutiva, entre las que figura la Consejería de Economía y Competitividad, que, según el artículo 2.2 del Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, integra las direcciones generales que conformaban la extinta Secretaría Autonómica de Promoción Empresarial y Empleo y asume las competencias correspondientes en los ámbitos de economía; comercio y empresa; industria y energía; innovación y desarrollo tecnológico, y trabajo y salud laboral.

Por ello, vista la división de la antigua Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Empleo en dos consejerías, así como la supresión de la Secretaría Autonómica de Promoción Empresarial y de Empleo, y teniendo en cuenta que la vocación de la Mesa Social Tripartita, según consta en el preámbulo del Decreto de creación, es reunir a las máximas instancias sindicales y empresariales y a las autoridades en materia económica y laboral de la comunidad autónoma, resulta necesario modificar los apartados3a y 5 del artículo 2 del Decreto 47/2012 para adecuarlos a la nueva estructura orgánica de la Consejería de Economía y Competitividad.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Economía y Competitividad, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en la...

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