Decreto Foral 9/2019, del Consejo de Gobierno Foral de 19 de febrero. Aprobar la modificación del Decreto Foral del Consejo 16/2016, de 9 de febrero, que aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Euskera, Cultura y Deporte
Rango de LeyDecreto foral

La estructura orgánica y funcional del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte fue aprobada y regulada por el Decreto Foral 16/2016 del Consejo de Diputados, de 9 de febrero.

Con motivo de la jubilación de la persona que ostentaba la jefatura de la Sección de Infraestructura Cultural y la aprobación del Plan Estratégico de Cultura 2017-2020, el Departamento de Euskera, Cultura y Deporte considera que en el área de cultura es preciso realizar una modificación de su estructura orgánica y funcional para elimar la Sección de Infraestructura Cultural adscrita al Servicio de Acción Cultural y la absorción por éste último de la funciones que la citada sección tenía asignadas.

Además, el Decreto Foral 25/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 12 de junio, aprobó el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Gobierno Vasco-Territorio Histórico de Álava de 4 de junio de 2018, sobre traspaso de funciones y servicios en materia de gestión de archivos de titularidad estatal sitos en el Territorio Histórico de Álava y acordó el traspaso, desde las instituciones comunes de la comunidad autónoma a los órganos forales del Territorio Histórico de Álava, de funciones y servicios en materia de gestión del Archivo Histórico Provincial de Álava. Por ello, dado que el Departamento de Euskera, Cultura y Deporte tiene asignada el área de archivos y bibliotecas, es necesario añadir este nuevo archivo a su estructura orgánica y funcional.

La elaboración de la presente disposición se inició mediante Orden Foral 316/2018, de 21 de noviembre de la diputada de Euskera, Cultura y Deporte, posteriormente, mediante Orden Foral 317/2018, de 23 de noviembre, de la diputada de Euskera, Cultura y Deporte, se dispuso la aprobación previa del proyecto. Así mismo, se ha elaborado informe de impacto normativo abreviado, informe del Servicio de Recursos Humanos, informe del Servicio de Organización, informe de control económico normativo y se ha sometido al correspondiente control de legalidad.

La competencial material tiene su fundamento en la competencia exclusiva que, dentro de su territorio, le atribuye a los territorios históricos en materia de organización, funcionamiento y régimen de sus propias instituciones el artículo 37.3.a de la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco y el artículo 7.a.1 de la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos. Correspondiéndole a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR