Decreto Foral 61/2017, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de diciembre. Aprobar la metodología para la distribución a las cuadrillas de las participaciones afectas a la financiación de servicios en el Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Desarrollo Económicoy Equilibrio Territorial
Rango de LeyDecreto foral

La Norma Foral 19/1997, de 30 de junio, reguladora del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales de Álava, contemplaba la posibilidad de establecer dentro del fondo aportaciones condicionadas para las cuadrillas por la prestación a los entes locales de su territorio de servicios de interés comarcal.

Así, desde el año 1998, se han concedido aportaciones condicionadas para los servicios de animación socio-cultural, disciplina urbanística y patrimonio edificado, y promoción económica y de empleo.

La buena valoración que otorgan los municipios a estos servicios, y la potencialidad de las cuadrillas como entes vertebradores de su territorio, hacen aconsejable el aumentar el conjunto de servicios. Por ello, se amplía la posibilidad de financiación a los servicios a los entes locales de asesoría técnica medioambiental, asesoría técnica de igualdad, asesoría técnica de euskara y asesoría técnica de participación ciudadana.

En su virtud, a propuesta de la Teniente de Diputado General y Diputada de Desarrollo Económico y Equilibrio Territorial, y previa deliberación del Consejo de Gobierno Foral, en sesión celebrada en el día de la fecha,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto

El objeto de la regulación es el de establecer un sistema de determinación de las participaciones que corresponden a las cuadrillas en el Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales por la financiación afectada a servicios.

Los servicios financiables dentro de la participación condicionada en el Fondo Foral de Financiación que corresponden a cada cuadrilla son los siguientes:

Animación socio cultural.

Promoción económica y de empleo.

Asesoría técnica en materia urbanística y de patrimonio cultural inmueble.

Asesoría técnica medioambiental.

Asesoría técnica de igualdad.

Asesoría técnica de euskara.

Asesoría técnica de participación ciudadana.

Artículo 2 Carácter de las aportaciones

Las cantidades que como participación perciban las cuadrillas para la financiación de los servicios señalados tendrán el carácter general de condicionado, es decir, que deben destinarse inexcusablemente a la financiación de los mismos.

No obstante, la condicionabilidad se refiere al conjunto de la aportación que se asigne por los diferentes servicios, de modo que podrán ser distribuidas por la propia cuadrilla, atribuyéndose total o parcialmente a la financiación de cualquiera de los otros, siempre y cuando en cada servicio de los contemplados para determinar la participación se preste la dedicación mínima considerada en el modelo de determinación de las aportaciones que a cada cuadrilla corresponde.

Artículo 3 Gastos financiables

Podrán ser objeto de financiación:

  1. La contratación del personal necesario para realizar en su ámbito geográfico las políticas de los siguientes servicios: animación socio cultural, promoción económica y del empleo, asesoramiento urbanístico y técnico a las entidades locales, asesoría técnica medioambiental, asesoría técnica de igualdad, asesoría técnica de euskara y asesoría técnica de participación ciudadana.

  2. Los gastos de funcionamiento y desplazamientos ocasionados por aquellos.

Artículo 4 Funciones a desarrollar

Las funciones a desarrollar, con carácter de mínimos, por los distintos servicios son las siguientes:

  1. Por el servicio de animación socio cultural de cada cuadrilla se realizarán las funciones siguientes:

    1. Coordinación, seguimiento, organización e información, en su caso, de la programación de actividades del Departamento de Cultura y Euskera y del Instituto Foral de la Juventud, en el ámbito territorial de la cuadrilla.

    2. Realización de informes, dictámenes, valoraciones, etc. en materia de su competencia a solicitud de la Junta de Cuadrilla, Ayuntamientos, Concejos y Departamento de Cultura y Euskera y por el Instituto Foral de la Juventud.

    3. Asistencia al público y asesoramiento de consultas de orden cultural y social en los municipios, y con carácter preferente a las entidades locales y asociaciones culturales.

    4. Evaluación de proyectos socioculturales que permitan determinar la eficiencia de los mismos.

    5. Redacción de proyectos, presupuestos, a solicitud de cualquiera de las entidades relacionadas en el apartado b) anterior, y cuantas funciones sean propias de la profesión, en el ámbito territorial de la cuadrilla.

  2. Por el servicio de promoción económica y empleo, se gestionarán, potenciarán y apoyarán las diferentes iniciativas que en los sectores productivos surjan en cada cuadrilla, evaluación y seguimiento de las políticas promovidas desde instancias superiores, organización y realización de cursos de formación, aprendizaje e implantación de nuevas tecnologías, localización industrial, turística y de servicios.

    La contratación puede haber sido hecha por la propia cuadrilla o por sociedades de desarrollo de participación pública con las que se establezcan los oportunos acuerdos para la prestación del servicio a toda la cuadrilla.

  3. Por los servicios de asesoramiento urbanístico, del patrimonio edificado y de la supervisión de obras debe prestarse el auxilio a las diferentes entidades locales del ámbito de actuación de cada cuadrilla: Junta de Cuadrilla, Ayuntamientos y Juntas Administrativas, sobre las actuaciones que lo requieran considerándose imprescindibles las siguientes:

    1. Asistencia al público y asesoramiento en consultas urbanísticas y de patrimonio cultural inmueble.

    2. Realización de informes y dictámenes técnicos, especialmente los previos al otorgamiento de licencias urbanísticas, valoraciones, mediciones, etc., a solicitud de los ayuntamientos y concejos.

    3. Emisión de informes sobre obras, supervisión de replanteos, visitas de control e inspección de obras y comprobación de certificaciones y declaraciones de final de obra, especialmente de aquellas participadas en alguna forma o subvencionadas por la Diputación Foral de Álava, en especial Plan Foral de Obras y Servicios u otros instrumentos...

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