Decreto Foral 60/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 11 de diciembre. Aprobar el desarrollo de aspectos del tratamiento tributario de determinados fondos europeos y de las medidas tributarias de impulso a la innovación, a la financiación de la actividad económica y a la capitalización productiva

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos
Rango de LeyDecreto foral

La Norma Foral 2/2018, de 7 de marzo, de modificación de diversas normas y tributos del sistema tributario de Álava, regula a efectos tributarios determinados fondos de inversión a largo plazo europeos e introduce modificaciones en las normas forales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Patrimonio, del Impuesto sobre Sociedades, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y del Régimen fiscal de las Cooperativas, así como en la Norma Foral General Tributaria de Álava de forma concreta, y por lo que ahora interesa, dedica su título III al tratamiento tributario de determinados fondos europeos destinados al impulso a la innovación, la financiación de la actividad económica y a la capitalización productiva, a la par que se implementan medidas incentivadoras para involucrar al sector privado en el logro de las finalidades perseguidas por los mismos en el marco de la Estrategia Europa 2020.

Esta estrategia establece que el núcleo de Europa 2020 debe estar constituido por tres prioridades que se refuerzan mutuamente y ofrecen una imagen de la economía social de mercado de Europa para el siglo XXI. Estas prioridades son:

- Crecimiento inteligente: desarrollo de una economía basada en el conocimiento y la innovación, lo cual significa la consolidación del conocimiento y la innovación como impulsores de nuestro crecimiento futuro. Pero para tener éxito, lo anterior debe combinarse con un espíritu emprendedor, financiación y una atención prioritaria a las necesidades de las personas usuarias y a las oportunidades del mercado.

- Crecimiento sostenible: promoción de una economía que utilice más eficazmente los recursos, que sea verde y más competitiva, que aproveche el liderazgo de Europa en la carrera para desarrollar nuevos procesos y tecnologías, que acelere el desarrollo de redes inteligentes en la Unión Europea y refuerce las ventajas competitivas de las empresas y PYMES, apoye la cohesión económica, social y territorial, y que también asista a los consumidores y consumidoras a dar valor al uso eficaz de los recursos.

- Crecimiento integrador: fomento de una economía con un alto nivel de empleo, invirtiendo en cualificaciones, luchando contra la pobreza y modernizando los mercados laborales y los sistemas de formación y de protección social para ayudar a las personas a anticipar y gestionar el cambio y a construir una sociedad cohesionada, garantizando el acceso y la igualdad de oportunidades, redundando en la cohesión económica, social y territorial.

Paralelamente, la Diputación Foral de Álava tiene como una de sus prioridades garantizar el desarrollo de la actividad económica así como conseguir que se genere riqueza, se cree empleo y se desarrolle el territorio de una manera inteligente, inclusiva y sostenible, compartiendo por tanto los principales objetivos de la Estrategia Europa 2020.

Es evidente que ambas estrategias están presididas por unos mismos objetivos y se pueden observar unos mismos principios rectores, por lo que la regulación contenida en el título III de la citada norma foral permite obtener el mejor resultado al combinar los instrumentos financieros establecidos por el Parlamento Europeo y por el consejo con el compromiso de la Diputación Foral de Álava con el desarrollo de la financiación de la actividad económica, con la capitalización productiva del tejido empresarial y con la potenciación de las actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.

Es evidente que la creación y puesta en funcionamiento tanto de los mencionados instrumentos financieros europeos como de la propia política económica de la Diputación Foral de Álava, exigen el establecimiento del tratamiento fiscal que más conviene a esa nueva realidad mediante la actualización de las diferentes figuras impositivas sobre las que el Concierto Económico reconoce autonomía normativa a los territorios históricos.

Al mismo tiempo, la participación de la ciudadanía en la financiación de estos objetivos se manifiesta como otra prioridad, puesto que, al final, la sociedad debe movilizar su ahorro para conseguir la realización de los principales objetivos colectivos que redunda en un mayor bienestar. A fin de promover dicha participación ciudadana en la financiación de los proyectos de innovación tecnológica y de capitalización empresarial para el desarrollo de la actividad económica vinculados a los fondos europeos para el impulso de la innovación, a los Fondos europeos para el impulso de la financiación de la actividad...

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