Decreto Foral 33/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 3 de julio. Aprobar la normativa reguladora del precio público correspondiente al libro'Atlas de las libélulas de Álava', suministrado al público desde los puntos de atención de los Parques Naturales de Álava

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyDecreto foral

La Norma Foral 64/1989 sobre Tasas y Precios Públicos modificada en parte por la Norma Foral 33/1998 de 23 de noviembre, establece en su articulado la regulación del Régimen Jurídico de las Tasas y Precios Públicos de las Entidades que componen el Sector Público Foral del Territorio Histórico de Álava.

En virtud de ello, y conforme a lo dispuesto en su normativa reguladora, se propone la aprobación del precio público que haya de exigirse a los adquirientes del libro suministrado al público desde los puntos de atención de los Parques Naturales de Álava, "Atlas de las libélulas de Álava".

En su virtud, a propuesta del diputado foral del Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo y previa deliberación del Consejo de Gobierno Foral, en sesión celebrada el día de hoy,

DISPONGO UNICO

Aprobar la normativa de precio público correspondiente a la venta del "Atlas libélulas de Álava".

Artículo 1º Hecho imponible

Constituye el hecho imponible del presente precio público la venta del " Atlas de las libélulas de Álava" por Diputación Foral de Álava.

Artículo 2º Sujetos pasivo

Son sujetos pasivos las personas físicas y jurídicas y las entidades de derecho público que adquieren el libro.

Artículo 3º Precio del "Atlas de las libélulas de Álava"

El precio de cada ejemplar del "Atlas de las libélulas de Álava" será de 12,00 euros.

Artículo 4º Devengo

Los precios se devengarán en el momento de la venta del "Atlas de las libélulas de Álava".

Artículo 5º Forma de pago

El pago se realizará en los puntos de atención al público de los Parques Naturales o en la Diputación Foral de Álava, mediante pago en efectivo o transferencia bancaria, o mediante el abono de la correspondiente carta de pago que se confeccionará al efecto.

Artículo 6º Gestión y administración

La gestión y administración de estos precios públicos corresponde a la Diputación Foral de Álava, que la llevará a cabo a través del Departamento de Medio...

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