Decreto Foral 21/2018, del Consejo del Gobierno Foral de 8 de mayo. Aprobar la modificación de las bases reguladoras de ayudas a caminos de acceso a explotaciones y caminos rurales, aprobadas por Decreto Foral 57/2016, de 3 de agosto, y la inclusión de subvención al arreglo de caminos de Añana en el objetivo 3.2.3 'Mejora de las infraestructuras agrarias' del Eje 3.2 'Sector Primario' del Plan Estratégico de Subvenciones del Sector Público Foral 2017-2019, aprobado por Acuerdo 921/2016, de 29 de diciembre

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Agricultura
Rango de LeyDecreto foral

Adaptar las bases reguladoras de las ayudas destinadas a caminos de acceso a explotaciones y caminos rurales (contemplada dentro de la medida M04: inversiones en activos fijos), en el marco del Plan de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020 aprobadas por Decreto Foral 57/2016, del Consejo de Diputados de 3 de agosto, actualizando las referencias legislativas que contiene a la que está vigente, así como aprobar la convocatoria de esta línea de ayudas para 2018.

Por Decreto Foral 57/2016, del Consejo de Diputados de 3 de agosto, se aprobaron las bases reguladoras de las ayudas destinadas a caminos de acceso a explotaciones agrarias y caminos rurales (contemplada dentro de la medida M04: inversiones en activos fijos), en el marco del Plan de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020.

En el citado decreto foral se hacen referencias a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y a la Norma Foral 3/1997 de 7 de febrero, de Subvenciones y Transferencias del Territorio Histórico de Álava, que es necesario actualizar al haber sido derogadas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas vigente desde el día 2 de octubre de 2016 y la Norma Foral 11/2016, de 19 de octubre, de Subvenciones del Territorio Histórico de Álava, vigente desde el día 29 de octubre de 2016.

Asimismo, al ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales y los ayuntamientos titulares de caminos rurales que efectúen las inversiones y actuaciones previstas en el artículo 3 de las bases reguladoras, deben someterse en la contratación de las obras y servicios a la ley de contratos del sector público, siendo necesario actualizar las referencias que el Decreto Foral 57/2016, de 3 de agosto, hace a la ley reguladora de los contratos públicos a la nueva Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, vigente desde el día 9 de marzo de 2018, así como actualizar el importe máximo de inversión admisible para ajustarlo a la cuantía que dicha ley establece como límite para contratar por el procedimiento de contrato menor y concretar la documentación a presentar por la entidad beneficiaria en este tipo de contratos para proceder al pago de la subvención concedida.

Por otra parte, debido a la limitación de crédito existente, al objeto de realizar una distribución del mismo de tal forma que abarque a la mayor parte de zonas posible, es necesario establecer un límite de caminos en la solicitud de ayuda, estimándose dicho límite en dos caminos por entidad solicitante.

Por otra parte, en el presupuesto de gastos de la diputación para 2018, existen tres partidas para convocar estas ayudas en dicho ejercicio, una de ellas dotada con 450.000,00 euros para mejora de infraestructuras agrarias, destinada a la convocatoria general, otra dotada con 50.000,00 euros destinada específicamente para convocatoria arreglo caminos de Rioja Alavesa y la tercera dotada con 150.000,00 euros específicamente para convocatoria arreglo caminos Añana.

Teniendo en cuenta y valorando los distintos elementos sociales, económicos y principalmente el estado actual de los caminos tanto de Rioja Alavesa, como de Añana, se considera prioritaria la actuación por un lado en caminos de las juntas administrativas de la Cuadrilla de Laguardia- Rioja Alavesa, y por otro en caminos de las juntas administrativas y ayuntamientos de la Cuadrilla de Añana destinando las dos partidas específicas anteriormente indicadas a dichas juntas administrativas y ayuntamientos, aplicando los criterios de prioridad establecidos en las bases reguladoras y concediendo ayuda a las inversiones solicitadas por orden de mayor a menor puntuación obtenida y sin perjuicio de que, las que no sean atendidas por falta de crédito, se incluyan en la partida general junto con el resto de solicitudes presentadas a la convocatoria resolviéndose en concurrencia con ellas.

Considerando que la subvención destinada al arreglo de caminos de Añana no está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Sector Público Foral para el periodo 2017-2019, aprobado por Acuerdo del Consejo de Diputados 921/2016, de 29 de diciembre, y modificado por Acuerdo 821/2017, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de diciembre, procede incluir la misma en el citado Plan Estratégico.

Vistos los informe preceptivos, en su virtud a propuesta del Diputado Foral de Agricultura, previa deliberación del Consejo de Gobierno Foral en sesión celebrada por el mismo en el día de hoy,

DI...

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