Decreto Foral 12/2019, del Consejo de Gobierno Foral de 26 de febrero, por el que se aprueba el Proyecto de modificación del Reglamento de Servicios de Transporte de Personas Viajeras en el Territorio Histórico de Álava

SecciónI - JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA
EmisorDepartamento de Infraestructuras Viarias y Movilidad
Rango de LeyDecreto foral

Mediante Decreto Foral del Consejo de Diputados 31/2015, de 26 de mayo, se aprobó el Reglamento de Servicios correspondiente a la prestación del nuevo servicio público de transporte regular de personas viajeras por carretera de uso general titularidad de la Diputación Foral de Álava, de obligado cumplimiento tanto para los usuarios como para las empresas prestatarias de los servicios.

Teniendo en cuenta el contenido inicial del citado Reglamento de Servicios y con la puesta en funcionamiento de dichas concesiones, se detectaron necesidades que motivaron su adaptación, bien para completar algunos aspectos que no se establecían expresamente, bien para modificar o aclarar algunos de sus apartados. Esta modificación se aprobó mediante Decreto Foral 31/2017, del Consejo de Gobierno Foral de 20 de junio.

El contenido del actual Reglamento de Servicios únicamente regula los aspectos relativos a las concesiones de transporte regular de viajeros de uso general en carretera, de aplicación tanto a las personas que utilizan los servicios de las líneas regulares como a las empresas operadoras que adjudicatarias y su personal. A este respecto se requiere de una nueva adaptación a la vista de las necesidades detectadas en este último periodo.

Por otra parte, y dentro de las competencias de esta Administración en materia de transportes, dada la idiosincrasia del Territorio Histórico de Álava, las líneas de transporte interurbano se complementarán con el nuevo Servicio de Transporte Comarcal de Personas viajeras, elaborado teniendo en cuenta los datos de demanda de personas viajeras del hasta ahora "Servicio de Transporte a la Demanda" así como las peticiones realizadas por las personas viajeras y distintas instituciones, para atender de forma más eficiente a los usuarios y mejorar la comunicación entre las poblaciones a las que actualmente no llega el autobús en todos los horarios.

Este último servicio requiere asimismo de una regulación de las condiciones generales de su de utilización, que será de aplicación a las personas usuarias del Servicio de Transporte Comarcal y a sus prestatarias.

El actual Reglamento de Servicios requiere por ello realizar alguna adaptación puntual respecto al uso de las líneas regulares de transporte de viajeros, y principalmente incorporar la regulación correspondiente al nuevo Servicio de Transporte Comarcal de Personas viajeras en el Territorio Histórico de Álava.

Con esta finalidad, y en cumplimiento de lo establecido en el...

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