Decreto Foral 101/2019, de 4 de marzo, del Diputado General, que aprueba una línea de subvención para la implantación de la recogida y gestión de la fracción orgánica en el Territorio Histórico de Álava para el ejercicio 2019

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyDecreto foral

Mediante Decreto Foral 51 de 26 de septiembre de 2017 se aprobaron las bases reguladoras de una línea de subvención para incentivar la implantación de la recogida selectiva de materia orgánica en el Territorio Histórico de Álava.

Dado que se mantiene el interés por apoyar acciones que ayuden en la consecución de los objetivos de esta fracción, es interés de esta Diputación proponer una nueva convocatoria para el ejercicio 2019 regulada por las bases ya aprobadas en el 2017 y bajo el siguiente condicionado:

El importe propuesto asciende a 125.000 euros, de los que 40.324,45 euros están consignados con cargo a la partida presupuestaria 60207.6500.4629001 "Subvención orgánica entes locales" y 84.675,55 euros con cargo a 60207.6500.7629001 "Subvención recogida selectiva residuos orgánicos entes locales", del presupuesto de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2018 prorrogado al 2019.

Teniendo en cuenta que una parte de las subvenciones se destina a financiar asistencias técnicas externas y campañas de sensibilización y otra a medios materiales, una vez recibidas las solicitudes y conocida la parte imputable a cada partida en función de su naturaleza, se efectuarán los ajustes presupuestarios correspondientes.

El límite de ampliación de acuerdo con lo establecido en el apartado 6.1 de las bases reguladoras de la presente subvención ascenderá a 100.000,00 euros.

Las peticiones de subvención deberán ser presentadas en el Registro General de la Diputación Foral de Álava, en el plazo de cincuenta días naturales desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOTHA.

La resolución sobre las peticiones de subvención se dictará en el plazo máximo de treinta días, desde la finalización del plazo de solicitudes, lo que será notificado a las entidades interesadas.

La solicitud de abono para las subvenciones objeto de la presente convocatoria se presentará antes del 31 de diciembre del año 2019.

Las entidades deberán ejecutar las actuaciones subvencionadas antes del 31 de diciembre de 2019. En la presente convocatoria podrán ser objeto de subvención, aquellas actuaciones iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.

En su virtud, haciendo uso de las atribuciones conferidas por el artículo 19 de la Norma Foral 52/92, de 18 de diciembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación Foral de Álava,

DISPONGO

Primero. Aprobar la convocatoria de la subvención correspondiente al ejercicio 2019, para la...

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