Decreto por el que se Fija la estructura Orgánica de las Consellerías de la Xunta de Galicia (Decreto 8/2011, de 28 de enero)

Publicado enDOG
Ámbito TerritorialNormativa de Galicia
RangoDecreto

El 31 de diciembre de 2010 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, en la que se establece una nueva regulación de los distintos tipos de órganos que integran la Administración general de la comunidad autónoma. Así, el capítulo II de su título I determina su organización en consellerías y regula los órganos centrales y periféricos, así como los órganos superiores y de dirección.

La denominación de secretarías generales la reserva la ley para aquellos órganos directamente responsables de la ejecución de la acción de gobierno en un sector de actividad específica de una consellería bajo la dirección de la persona titular de la misma, mientras que clasifica como órganos de dirección las secretarías generales técnicas, las direcciones generales y equivalentes.

Por otra parte, por lo que respecta a los órganos territoriales, sustituye la denominación de departamentos territoriales, contenida en el Decreto 245/2009, de 30 de abril, por el que se regulan las delegaciones territoriales de la Xunta de Galicia, por la de jefaturas territoriales.

Consecuentemente, es necesario adaptar la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia a la nueva regulación establecida por la Ley 16/2010, y todo ello sin que suponga incremento de gasto alguno, conforme con los principios de austeridad, eficacia y eficiencia. De esta forma, se establecen disposiciones relativas a la conservación de actos administrativos, así como de las existencias de material impreso anteriores a la entrada en vigor del presente decreto, que seguirán utilizándose hasta que se agoten.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, en el ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 4.15. de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su presidencia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiocho de enero de dos mil once,

DISPONGO:

ARTÍCULO 1
  1. La Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia se estructura en los siguientes órganos de dirección:

    1. Secretaría General Técnica.

    2. Dirección General de Justicia.

    3. Dirección General de Administración Local.

    4. Dirección General de Relaciones Institucionales y Parlamentarias.

    5. Dirección General de Emergencias e Interior.

    6. Dirección General de Relaciones Exteriores y con la Unión Europea.

    7. Dirección General de Evaluación y Reforma Administrativa.

  2. Quedan adscritas orgánicamente a esta consellería las delegaciones territoriales de la Xunta de Galicia en A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo. Las delegaciones territoriales, configuradas como órganos de dirección, tendrán nivel orgánico de dirección general.

  3. Asimismo, quedan adscritas a esta consellería las delegaciones de la Xunta de Galicia en el exterior.

  4. Igualmente, quedan adscritos a esta consellería:

    1. El organismo autónomo Escuela Gallega de Administración Pública.

    2. El organismo autónomo Academia Gallega de Seguridad Pública.

    3. El ente público Agencia Gallega de Emergencias.

ARTÍCULO 2
  1. La Consellería de Hacienda se estructura nos seguintes órganos de dirección:

    1. Secretaría General Técnica y del Patrimonio.

    2. Intervención General de la Comunidad Autónoma.

    3. Dirección General de Presupuestos.

    4. Dirección...

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