Decreto 91/2015, de 13 de noviembre, por el que se regula la condición de deportista de alto nivel de las Illes Balears

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

La Constitución española, en su artículo 43.3, establece que los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte, y facilitarán la adecuada utilización del ocio.

En el ámbito estatal, el título VI de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, regula el deporte de alto nivel. Esta ley se encuentra desarrollada actualmente por el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, el cual también desarrolla las medidas de fomento contempladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para la formación de deportistas que siguen programas de alto rendimiento.

La Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene la competencia exclusiva en materia de deporte y ocio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.12 de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears.

La Consejería de Participación, Transparencia y Cultura, a través de la Dirección General de Deportes y Juventud, ejerce las competencias en materia de deporte y ocio atribuidas por el artículo 30.12 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

En uso de esta competencia se aprobó la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears, que dispone, en su artículo 5j, como uno de los objetivos y una de las finalidades de las políticas deportivas de las administraciones públicas de las Illes Balears, promover y planificar el deporte de competición y de alto nivel autonómico, y en su artículo 10.1j, como competencia de la Administración de la Comunidad Autónoma, fomentar el deporte de alto nivel.

El capítulo VII del título III de esta ley, artículos 26, 27, 28 y 29, regula la actividad deportiva de alto nivel en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y, de acuerdo con el artículo 27, el Gobierno de las Illes Balears debe establecer reglamentariamente los criterios, las condiciones y los requisitos para poder cualificar a los y las deportistas de alto nivel en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears, así como controlar, impulsar y promocionar la actividad deportiva de alto nivel en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears. La Ley del deporte atribuye también a la actividad física y al deporte una función social, dado que contribuyen al desarrollo y a la formación integral de las personas y a la mejora de su calidad de vida. En este sentido, los y las deportistas de alto nivel de las Illes Balears son un referente para nuestra sociedad, especialmente para la juventud.

El deporte de alto nivel es un factor esencial en el desarrollo deportivo de la comunidad autónoma, puesto que constituye un estímulo para el fomento del deporte de base y tiene una clara función representativa de toda la sociedad en las competiciones oficiales.

No obstante, por otro lado el deporte de alto nivel es sinónimo de una alta exigencia personal de sus protagonistas. Se trata de deportistas que deben hacer una arriesgada apuesta personal al dedicar unos años determinados de su vida a una práctica deportiva a un nivel altamente acaparador, sin la seguridad de ningún resultado.

En este sentido, se considera necesario que los poderes públicos otorguen la protección y asistencia que tanto necesita el deporte de alto nivel, en el marco de este decreto. En este punto, es indispensable que esta regulación tenga un alcance amplio que incluya no solo ayudas económicas concretas, sino también actuaciones que fomenten que los y las deportistas no deban escoger entre su formación educativa y su formación deportiva, lo que redundará en beneficio de una mejor integración en el ámbito laboral, una vez que finalice su vida competitiva de alto nivel.

Es por todo ello que resulta necesaria la elaboración de una norma que recoja todos los aspectos relacionados con los y las deportistas de alto nivel en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears, que establezca los criterios, las condiciones y los requisitos que los definen, los beneficios y las obligaciones que comporta esta cualificación y la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR