Decreto 81/2015, de 25 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Illes Balears

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

En el título V de la Ley 5/2003, de 4 de abril, de salud de las Illes Balears, se regula el Servicio de Salud de las Illes Balears como un ente público, de carácter autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, con plena capacidad de obrar para cumplir sus finalidades, al cual se encarga la gestión de los servicios públicos asistenciales.

El artículo 16 del Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del ente público Servicio de Salud de las Illes Balears, dispone que la estructura básica del Servicio de Salud ha de aprobarse por medio de un decreto del Consejo de Gobierno a propuesta de la consejería competente en materia de salud.

El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, ha determinado una nueva composición del Gobierno y ha establecido una nueva estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. En línea con lo anterior, el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, ha reorganizado la composición y ha reformulado las atribuciones de la Consejería de Salud.

Por ello es necesario adecuar la estructura orgánica del Servicio de Salud a las exigencias dimanantes de la nueva estructura gubernamental y a las nuevas líneas estratégicas que el nuevo equipo de gobierno pretende implementar en el marco de la sanidad pública.

Este decreto consta de veintitrés artículos distribuidos en cuatro capítulos, además de tres disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y una disposición final.

El capítulo I establece las disposiciones generales que configuran la estructura orgánica básica del Servicio de Salud. El capítulo II, dividido en ocho secciones, regula la estructura administrativa de los Servicios Centrales y determina la adscripción y las funciones de sus órganos de gestión y la dependencia en cada caso respecto a los órganos de dirección correspondientes del Servicio de Salud.

Por su lado, el capítulo III regula la estructura de las gerencias territoriales y la de los órganos de gestión dependientes. Finalmente, el capítulo IV regula el régimen de suplencias de los órganos directivos y de gestión del Servicio de Salud.

Las disposiciones adicionales contienen varias ordenaciones que completan la nueva estructura organizativa, mientras que la disposición transitoria contiene una nueva regulación que afecta a las funciones de la Secretaría General mientras no se adapten los Estatutos del Servicio de Salud.

Por todo ello, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, vista la disposición final cuarta del Decreto Ley10/2012, de 31 de agosto, por el que se modifica el Decreto Ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de otras instituciones autonómicas, y se establecen medidas adicionales para garantizar la estabilidad presupuestaria y fomentar la competitividad, a propuesta de la consejera de Salud, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión de 25 de septiembre de 2015,

DECRETO

Capítulo I
Disposiciones generales Artículos 1 a 23
Artículo 1

Objeto

El objeto de este decreto es establecer la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Illes Balears.

Artículo 2

Órganos

Artículo 3

Órganos de dirección

Artículo 4

Órganos de gestión

Capítulo II Artículos 5 a 19

Servicios Centrales

Sección 1ª Artículos 5 y 6

Concepto y estructura

Artículo 5

Servicios Centrales

Los Servicios Centrales son la estructura administrativa que da apoyo a los órganos de dirección del Servicio de Salud y a las gerencias territoriales.

Artículo 6

Estructura directiva de los Servicios Centrales

Los órganos siguientes se encuentran bajo la dependencia directa de la Dirección General del Servicio de Salud:

Sección 2ª Artículos 7 a 12

De la Dirección de Asistencia Sanitaria

Artículo 7
...

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